Condenaron con pena de cárcel a profesor de gimnasia de Viale

Judiciales 05 de diciembre de 2019 Por Estación Plus Crespo
Este jueves por la mañana el profesor de Educación física de Viale, Rolando Darío Spoturno, fue condenado a  a tres años y medio de prisión  por el delito de abuso sexual simple. El adelanto de sentencia fue realizado por el juez Alejandro Cánepa.
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«Lo que se ha realizado en el día de la fecha es el adelanto de la sentencia, los fundamentos van a estar el día 13 de diciembre, pero se ha dado a conocer la decisión el juez Alejandro Cánepa ha presidido este debate ha decidido y se ha  expedido y dictado una sentencia condenatoria para el imputado y la misma ha sido de tres años y seis meses de cumplimiento efectivo más la inhabilitación perpetua para ejercer su calidad de profesor o educador, dijo a El Diario Franco Azziani Cánepa, quien actuó como abogado querellante en la causa de abuso sexual simple.

Se trató de tres casos independientes entre sí, cometidos con una misma modalidad. El relato de las tres víctimas, menores de edad que concurrían al gimnasio del imputado, dejó en exposición una misma modalidad de acometimiento, a pesar que los abusos ocurrieron en distintos momentos y las chicas no se conocían.

El profesor de educación física de Viale, Rolando Darío Spoturno, fue condenado este jueves en sentencia de primera instancia a la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. También se le impuso la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer como profesor de educación física. El juez del Tribunal de Juicio, Alejandro Cánepa, dará a conocer los fundamentos de la sentencia el viernes 13.

La causa que llevaron adelante los fiscales Cristian Giunta y Laureano Dato comenzó con la denuncia de una de las víctimas, el 10 de octubre de 2017. Posteriormente se sumaron dos denuncias de dos nuevas víctimas: el 22 y el 27 de diciembre de 2017. El relato de las chicas, que tenían al momento de los abusos 13,14 y 15 años respectivamente, fue determinante para la resolución de los casos. Se trató de relatos contundentes y coherentes, que pusieron en exhibición una modalidad o una manera de consumar los abusos que se repetía independientemente de la víctima, del lugar y del momento en el que ocurrían.

Inicio

Franco Azziani Cánepa y Guillermo Vartorelli, representaron a una de las víctimas. Tras el adelanto de sentencia, Azziani Cánepa manifestó a El Diario que Spoturno fue condenado “a tres años y seis meses de prisión, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer como profesor o educador”. El querellante precisó que con Vartorelli actuaron “en representación de una de las víctima, que fue quien dio inicio a esta investigación porque fue la primera que denunció”, añadiendo que “el pedido de pena que realizamos en el debate era nada más ni nada menos que el de tres años y seis meses, por lo que estamos absolutamente conformes”. En los alegatos Fiscalía pidió siete años por los tres hechos.

Modalidad

Azziani Cánepa destacó que “si bien se investigaron hechos autónomos, estos hechos han compartido lo que se conoce como modus operandis. Las tres víctimas relataron de manera contundente y sin fisuras cómo el profesor abusaba de ellas y fueron contundentes respecto de las circunstancias de modo tiempo y lugar, y en cuanto a la mecánica de estos hechos que primero empezaron de una manera muy sutil y con el paso del tiempo fueron creciendo gradualmente, pero como bien se ha dicho, a pesar de ser tres hechos autónomos la modalidad es la misma”.

Valentía

Iván Vernengo y Damián Petenatti, representaron a otra de las víctimas. El primero manifestó a esta Hoja que “por el adelanto que dio el juez se pudo observar que analizó bastante bien las probanzas que se produjeron en el plenario, así que estamos conformes, tanto por el resultado como por la pena impuesta, que estaba dentro de los parámetros que imaginamos que podían ser”. Vernengo informó que el recién condenado “continúa en libertad con ciertas restricciones normales”. En relación al testimonio de las chicas, el querellante destacó que “en el caso de nuestra representada, sí dio testimonio en el plenario no así en cámara Gessell y lo destacó el juez, que fue un testimonio brindado con mucha valentía y fue coherente y ninguna prueba o alegato de la defensa pudo demostrar lo contrario a lo que dijo la víctima”.

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