Uruguay busca alargar a 10 años las “vacaciones fiscales” para extranjeros: qué tienen que tener en cuenta los argentinos

Internacional 03 de julio de 2020
El Ejecutivo mandó un proyecto de ley para duplicar la duración del beneficio de no pagar el impuesto al patrimonio y a la renta. El riesgo de la doble tributación
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El gobierno de Uruguay que acaba de asumir asegura que su principal preocupación es la reactivación del mercado del empleo. Lo señaló el presidente Luis Lacalle Pou y se lo dijo a Infobae hace unos días la ministra de Economía del vecino país, Azucena Arbeleche.
En ese contexto es que Uruguay, luego de varios años de estabilidad económica y crecimiento, busca atraer inversiones productivas, para lo cual modificó una ley esencial y flexbilizó los costos de la residencia fiscal.
El pasado 11 de junio Lacalle Pou firmó el decreto en donde flexibiliza aspectos para obtener la residencia fiscal. El primero es que el monto del valor de inversión en propiedades bajó de USD 1,7 millones a USD 380.000 y el tiempo de residencia requerido bajó de 180 días a 60 en un año. Pero el punto más importante es que en el caso de tener una empresa que se quiera radicar, en la previa a esta modificación el interesado tenía que hacer una inversión de USD 5,3 millones y ahora la nueva cifra es de USD 1,6 millones, pero se le agrega la condición de que tiene que garantizar 15 empleos directos.

En un contexto en donde la Argentina parece estancada y lista para encadenar otro año de recesión profunda, algunos empiezan a pensar en cruzar el charco y no sólo irse a vivir una temporada a Uruguay sino además radicar su compañía ahí.
El Ejecutivo envió ayer un proyecto de ley en donde se ajustan algunas normas al régimen de residencia fiscal, en particular, lo que refiere a la opción por el Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR) para los rendimientos de capital mobiliario provenientes del exterior o lo que se conoce popularmente como “vacaciones fiscales”.
Uruguay flexibilizó los requisitos para otorgar la residencia fiscal y, una vez otorgada, el nuevo residente no pagará impuestos al patrimonio y a la renta por diez años. 
La norma actual establece cinco años de gracia para el impuesto de bienes personales, pero con la modificación enviada al Congreso, duplica las “vacaciones” y lleva el plazo de gracia a 10 años. 
“No se trata del trámite migratorio, que es más complejo. Pero, si la persona solo tiene la residencia fiscal, entra en una situación denominada de doble residencia, y eso lleva a una regla de desempate ante la AFIP. Y este organismo lo que evalúa es dónde la persona tiene su centro de intereses vital, su facturación y dónde vive con su grupo familiar. Por esta razón, es mejor hacer el trámite migratorio, que te saca de la discusión con el fisco argentino”, señala el especialista tributario César Litvin.

“El concepto de vacación fiscal es muy conocido como para atraer inversiones a Uruguay. En ese sentido, lo que hizo el nuevo presidente es por un lado flexibilizar los requisitos para otorgar la residencia fiscal uruguaya, y una vez otorgada, el nuevo residente no pagará impuestos al patrimonio y a la renta por diez años. Un paquete de incentivos muy atractivos tanto para argentinos, principalmente, como para brasileños, que frente a esa situación se encuentran también interesados”, señaló Iván Sasovsky, del estudio Sasovsky y Asociados.
A la hora de explicar si un trámite como este es muy “engorroso”, el especialista tributario señaló que “hay trámites de presentación de documentación pero nada que impida hacerlo. Hay que tener en cuenta que la mudanza internacional, cuando hay un efectivo traslado, es muy difícil de impedir; si un contribuyente se va, su residencia cambia y por tanto su residencia fiscal debe acompañar esa mudanza”.
Este punto no es menor, ya que, como dijo Litvin y certifica Sasovsky, la Argentina y Uruguay tienen firmado un convenio para evitar la doble imposición, por lo que si hay una disputa entre ambos países por un contribuyente “el mismo puede decidir jugar con las reglas del desempate del artículo 9 del convenio, el que define la residencia para el país que posea el domicilio efectivo, por eso hablamos de la importancia de establecerse en el otro país si ese es el objetivo”.

Infobae

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