Subsidio de $22.000 para monotributistas y autónomos: quiénes puede cobrarlo y cómo pedirlo

Economía 29 de mayo de 2021
El gobierno de Alberto Fernández amplió el alcance del Repro II a monotributistas, autónomos y pequeños comercios.
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El secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, Guillermo Merediz, recordó este viernes que pueden inscribirse hasta el próximo martes 1° de junio los beneficiarios del programa Repro II (Recuperación Productiva), “que esta vez incluye a monotributistas y a pequeños comercios”.

La medida, dijo Merediz en declaraciones a radio AM 750, busca alcanzar a pequeñas unidades productivas y de servicios, "como peluquerías o centros de belleza con uno, dos o tres trabajadores, y se prevé que no sólo van a cobrar 22.000 pesos los empleados, sino también los dueños de esas Pymes”.

El funcionario precisó que la inscripción se debe hacer en la página de Internet de la AFIP, al igual que el año pasado con el programa ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción).

Estos son los sectores más afectados por la pandemia y que pueden acceder al Repro II:

  • Gastronomía.
  • Turismo.
  • Transporte.
  • Industrias culturales.
  • Actividades deportivas y de esparcimiento.
  • Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación.
  • Peluquerías y centros de belleza

Estos son los requisitos para acceder al subsidio de 22.000 pesos para monotributistas y autónomos:

  • Contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen de Monotributo y/o autónomo.
  • Presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre mayo de 2019 y del 1° al 24° de mayo de 2021.
  • Para el caso de ser empleador deberá registrar un nivel de liquidez corriente inferior a un valor establecido por el Comité de evaluación y seguimiento del REPRO II.

¿Cómo acceder al subsidio de 22.000 pesos para monotributistas y autónomos?

 Los trabajadores podrán solicitar la ayuda a través de la página oficial de la AFIP por el que se pide el Repro (https://www.afip.gob.ar/medidas-de-alivio/medidas/repro-II/solicitud.asp), aunque luego se le requerirá culminar el trámite a través de la página del Ministerio de Trabajo.

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