Usuarios de Crespo son notificados por ENERSA de las condiciones para acceder al plan por facturas impagas en pandemia
Por estos días, cada domicilio de la ciudad está recibiendo una nota elaborada por ENERSA, mediante la cual se hace saber al usuario la puesta en vigencia de convenios de pago con carácter excepcional, a través del cual los afectados por la pandemia podrán financiar las deudas contraídas con la distribuidora eléctrica. A continuación, FM Estación Plus Crespo detalle las características:
- Se contemplarán las boletas que hayan vencido entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre del 2020.
- Se podrán acordar planes de hasta 60 cuotas.
- Se aplicará una tasa de interés reducida, que será del 50% de la tasa del Banco Nación vigente a la fecha de suscribirse el convenio.
¿Quiénes podrán acceder al programa de Pago Especial?
Usuarios residenciales - Siempre que posean un subsidio tarifario provincial vigente (tarifa social, de jubilados, para la salud o electrodependientes). Y también aquellos cuyo titular acredite alguna de las siguientes condiciones: empleados de casas particulares; que perciben el seguro de desempleo; beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo o por Embarazo; quienes estén inscriptos en el Régimen de Monotributo Social, para lo cual deberán presentar la constancia emitida por Anses, alta del beneficio y/o último recibo de cobro/pago donde se demuestra dicha condición.
Usuarios no residenciales – el titular monotributista inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado sea inferior a 2 salarios mínimo vital y móvil; cooperativas de trabajo o empresa recuperada que esté inscripta en el INAES; instituciones de salud afectadas en la emergencia; entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos; espacios culturales; bibliotecas; teatros y cines; clubes sociales y deportivos que se encuentren debidamente registrados y que se hallaron imposibilitados de desarrollar su actividad en forma normal. También micro, pequeñas y medianas empresas no contempladas en la condición anterior, podrán gestionar el beneficio acreditando una disminución de al menos el 30% de sus ingresos, presentando una Declaración Jurada certificada ante Escribano Público, situación que será verificada por ATER.
Plazo extra de cobertura del convenio
Aquellos usuarios de actividades cuya afectación se haya extendido, podrán gestionar que se les incluyan las facturas hasta el 30 de junio de 2021. La solicitud deberá dirigirse por nota a ENERSA y la extensión quedará sujeta a la aprobación del Ministerio de Producción de Entre Ríos.
Deudas fuera del período fijado
Si un cliente presenta deudas por fuera del período de pandemia, la distribuidora dará facilidades de pago en hasta 12 cuotas mensuales, con la tasa antes mencionada.
¿Cómo saber si se registra deuda?
Cada usuario puede verificar su estado de deuda con la empresa prestadora a través de su factura.
Apercibimiento
ENERSA hizo saber que todos los usuarios con deudas deberán regularizar su situación morosa previo a que se retome la aplicación plena de lo previsto en el Reglamento de Suministro sobre las suspensiones por falta de pago.