---
canonical_url: "https://estacionplus.com.ar/contenido/32647/diamante-restringe-y-prohibe-actividades-bajo-pena-de-multas-de-hasta-46000"
title: "Diamante restringe y prohíbe actividades bajo pena de multas de hasta $46.000"
article_type: "Article"
description: "Mediante un nuevo Decreto Municipal, se establecieron medidas concretas sobre el desarrollo de ciertas actividades comerciales. Asimismo, se prohibieron las reuniones sociales o familiares que superen el grupo conviviente."
main_image: "https://www.eldiario.com.ar/wp-content/uploads/2019/02/Diamante-1.jpg"
date_published: "2020-09-03T11:12:00-03:00"
date_modified: "2020-09-03T11:47:32-03:00"
author_name: "Estación Plus Crespo"
author_url: "https://estacionplus.com.ar/usuario/3/estacion-plus-crespo"
author_bio: "Fuente de la noticia"
author_social_links:
  - "https://www.facebook.com/estacion.pluscrespo/"
  - "https://twitter.com/EstacionPlus"
  - "https://www.instagram.com/estacionplusok/?hl=es"
  - "https://www.youtube.com/c/Estaci%C3%B3nPlusCrespo"
category_name: "Entre Ríos"
category_url: "https://estacionplus.com.ar/categoria/6/entre-rios"
category_description: "Estas son las últimas noticias de Entre Ríos"
---

# Diamante restringe y prohíbe actividades bajo pena de multas de hasta $46.000

![Diamante-1](https://www.eldiario.com.ar/wp-content/uploads/2019/02/Diamante-1.jpg)

Ante el crecimiento de casos confirmados en la ciudad de Diamante, el municipio emitió un Decreto al que accedió ***FM Estación Plus Crespo***y mediante el cual se establecen nuevas medidas, tendientes a disminuir la circulación y/o aglomeración de personas, en busca de frenar la propagación del virus. Las disposiciones tendrán una vigencia de un plazo de 15 días, pudiendo ser prorrogable:

**Prohibición**

* De "reuniones sociales o familiares, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, con excepción del núcleo conviviente”.

* De "la actividad de bares y/o locales con atención al público en mesas no podrán ejercitar la actividad comercial”.

**Restricción**

* Restaurants, comedores, locales de ventas de comidas al paso o anexadas a estaciones de servicios de combustibles, heladerías y/o cafeterías, únicamente podrán ejercer la actividad comercial mediante el sistema de entregas a domicilio (deliverys).

**Sanciones**

Desde el Ejecutivo Municipal de Diamante se destacó que “resulta fundamental tomar las medidas necesarias para evitar una propagación mayor del COVID- 19" y agrega el Decreto, que "en caso de incumplimientos, se prevé multas de entre 12.000 y 46.000 pesos, con posibilidad de clausura y/o trabajos comunitarios". Se hizo saber, que tales expedientes, tendrán “prioridad en su juzgamiento”.

Las multas se aplicarán a personas o comercios “que violen las medidas previstas legalmente para impedir la propagación", como la circulación sin barbijo o tapaboca, no guardar el distanciamiento social, o que ingresen a los locales más personas de lo permitido.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
