---
canonical_url: "https://estacionplus.com.ar/contenido/63681/elecciones-2023-puedo-votar-en-las-generales-si-no-lo-hice-en-las-paso"
title: "Elecciones 2023: ¿puedo votar en las generales si no lo hice en las PASO?"
article_type: "Article"
description: "Votar en Argentina es obligatorio, y aquellos que no lo hagan deberán justificarlo ante la Justicia Electoral para evitar multas. Los detalles."
main_image: "https://estacionplus.com.ar/static/custom/imagen-default.png?t=2026-07-13+03%3A00%3A02.036532"
date_published: "2023-10-13T08:09:00-03:00"
date_modified: "2023-10-13T08:11:47-03:00"
---

# Elecciones 2023: ¿puedo votar en las generales si no lo hice en las PASO?

Las **elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO)** tuvieron una participación menor al 70%, que podría crecer en las**generales que se desarrollarán el próximo domingo 22 de octubre.**

En **Argentina, votar es obligatorio para aquellos mayores de edad y hasta los 70 años** y, como muchos no concurrieron a las urnas en las PASO, surge la duda sobre si esas personas podrán ejercer su voto en la segunda vuelta electoral.

### ¿Puedo votar en las generales de octubre si no lo hice en las PASO?

No existe **una prohibición o limitación para votar en las elecciones generales**habiendo estado ausente en las primeras, pero**sí existe multa**para quienes hayan decidido no sufragar y no puedan justificarlo ante la Justicia Nacional Electoral, además de la**incorporación al Registro de Infractores al deber de votar**.

### Quiénes deben votar en las elecciones generales de octubre en Argentina

Los argentinos mayores de edad (hasta los 70 años) y que se encuentren dentro de una distancia de 500 kilómetros de su centro de votación, deberán asistir de forma obligatoria a votar en las elecciones generales (como también en las PASO) **para no adeudar multas en el Registro de Infractores**.

De no presentar la constancia que justifique su ausencia, **se les aplicará una multa que a su vez constará automáticamente en el Registro de Infractores**.

### Cuánto hay que pagar de multa por no votar

Una vez pasado el plazo de los 60 días para presentar la justificación ante la Justicia Electoral, la **multa**quedará en el Registro de Infractores.

Los precios aumentan de la siguiente manera, dependiendo si existen infracciones previas sin regularizar:

- Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50.
- Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100.
- Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200.
- Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400.
- Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.

La**multa por no votar**puede abonarse directamente en la web del CNE con cualquier medio de pago digital, o bien de forma presencial en alguna de las sedes del Banco de la Nación Argentina (BNA) en efectivo, con Mercado Pago o con transferencia bancaria.

### Quiénes están exentos a recibir multas por no votar

- Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;
- Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;
- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares (los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente);
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

*Noticias Argentinas*

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
