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title: "Ganancias: el nuevo mínimo no imponible sería de $2 millones"
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description: "Se debe a la actualización extraordinaria prevista este año para septiembre. Se deberán ajustar las escalas por 12,8%. Se espera la inminente publicación de las tablas por el organismo."
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category_description: "Estas son las últimas noticias de Crespo, Entre Ríos"
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# Ganancias: el nuevo mínimo no imponible sería de $2 millones

![impuestos-1780199](https://fotos.perfil.com/2024/04/04/trim/987/555/impuestos-1780199.jpg)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará en los próximos días la nueva tabla del Impuesto a las Ganancias para los salarios, en función de la actualización extraordinaria prevista en el paquete fiscal aprobado este año.

Con ello, el nuevo mínimo vital y móvil pasará a ser de unos **$2,03 millones brutos para un trabajador soltero y de $2,63 millones para un casado con dos hijos.**

La variación está hecha en función de lo que establece**la ley 27.743**que restituyó el Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría

“**Los montos previstos en el artículo 30 y en el primer párrafo del artículo 94 de la ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, se ajustarán excepcionalmente en septiembre de 2024** por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía, correspondiente a los meses junio a agosto de 2024”.

Como en junio la inflación**fue del 4,6%, en julio de 4% y en agosto de 4,2%, el ajuste que hay que hacer sobre todas las escalas y las deducciones es del 12,8%,**y solo para los salarios que se van a cobrar en octubre. Luego los ajustes, se van a hacer en enero y en julio de cada año, por la inflación semestral, consignó Ámbito.

Como se trata de una cuestión extraordinaria prevista por la ley, según opinó el tributarista **Martín Caranta “lo más prolijo” para determinar el cambio de la escala “sería un decreto y luego una Resolución General de la AFIP”,**aunque consideró que con la resolución del organismo bastaría.

Sebastián Domínguez, de**SDC Asesores Tributarios, coincide en que “la AFIP tiene que publicar las tablas en su sitio web”.** “Técnicamente, por más que se puedan hacer los cálculos, no se podría aplicar porque se necesitan las tablas”, remarcó.

El tributarista consideró que **las empresas que liquidan sueldos por quincena van a tener que esperar a que se publiquen se supone que la semana entrante.**

**![](https://media.ambito.com/p/f6d4a36c48bd1422ca8df3c91b15bde0/adjuntos/239/imagenes/041/780/0041780410/730x0/smart/afippng.png)**

## **Ganancias: cómo será la actualización de escalas y deducciones en 2025**

Es de tomar en cuenta que, a**partir de 2025, las actualizaciones de las escalas del tributo y las deducciones serán por inflación y semestralmente**. Este año, habrá una actualización extraordinaria en septiembre por la evolución de precios de junio, julio y agosto, para evitar que la inflación provoque un desfase.

**Con el antiguo régimen, no se actualizaban las escalas, entonces, todos los meses los sueldos aumentaban, rápidamente llegaban al mínimo no imponible,** y eran alcanzados por el gravamen del 27%. Ahora, este impuesto recae sobre los haberes de manera progresiva, con alícuotas que van del 5% al 35%.

La **consultora Focus Market** indicó en un informe que**la mejora salarial en paritarias**de los empleados que paguen Ganancias **no se verá traducida en una mejora del consumo.** Según señala la consultora, “el peso en el gasto hogareño de la variación de precios de los servicios públicos y privados **resta margen de maniobra para la adquisición de bienes en la misma cantidad”.**

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