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title: "El Gobierno desregula el mercado del gas envasado y deja de injerir en precios, oferta y demanda"
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description: "A través de un decreto se modificó el marco regulatorio del GLP y se limitó la intervención estatal."
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  - "Gas"
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category_description: "Estas son las últimas noticias de Crespo, Entre Ríos"
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# El Gobierno desregula el mercado del gas envasado y deja de injerir en precios, oferta y demanda

![garrafas-glpjpg](https://media.ambito.com/p/b8406fcfdcd01bcc6d824126bd1ae9af/adjuntos/239/imagenes/041/048/0041048356/655x368/smart/garrafas-glpjpg.jpg)

El Gobierno nacional **modificó el marco regulatorio del gas envasado y limitó la intervención estatal** a la fiscalización de seguridad, dejando de tener injerencia en precios, oferta y demanda, mediante el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.

La normativa, que desregula el mercado de la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP), restringe la tarea de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación *“exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes”.*

En este sentido, dispone que dicha labor se debe desempeñar *“sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales**deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado**, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.*

Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que *“el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”.*

Asimismo, consideró que*“el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores”.*

Con la mencionada premisa, el decreto determinó que a partir de ahora**se elimina la obligación de obtener autorización previa de la Secretaría de Energía para instalar nuevas plantas de fraccionamiento o ampliar las existentes.**

Al respecto, precisó que*“sólo resultaría suficiente que se cumpla con los requisitos establecidos en la ley y su reglamentación para poder operar en los distintos segmentos de la industria, sin necesidad de una autorización previa por parte de la Autoridad de Aplicación”.*

De esta manera, estipuló que *“bastará con que, dentro de un plazo acotado y previo al inicio de sus operaciones, modificaciones o renovaciones, se presente la documentación pertinente”.* Posteriormente Energía podrá constatar la información y el silencio administrativo será considerado positivo dentro de los diez días hábiles.

Al mismo tiempo, también se flexibiliza el régimen de marcas y envases, permitiendo que**los fraccionadores envasen GLP de cualquier productor, comercializador o importador, y que puedan hacerlo para más de una marca o leyenda**. El uso de envases de otras marcas podrá acordarse libremente entre fraccionadores mediante contratos bilaterales.

Además, se establece la obligación de recibir envases de cualquier marca o leyenda y se crea un parque de envases de uso común, cuyo objetivo es *“asegurar el acceso a envases por parte de aquellas firmas fraccionadoras que, cumpliendo con toda la normativa vigente, encuentren dificultades para recuperar los envases identificados con su marca o leyenda”.*

Por otra parte, el Gobierno**autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo** sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de aprobación previa. Las exportaciones, en tanto,**serán permitidas siempre que esté garantizado el volumen de abastecimiento del mercado interno.**

Al argumentar las modificaciones en la regulación, el decreto argumentó que son*“con el fin de adecuar sus disposiciones a una realidad operativa y productiva dinámica, promoviendo una regulación moderna, eficiente y orientada al desarrollo del sector de GLP”.*

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