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title: "ADECEN advierte sobre nuevos intentos de cobro por la música que se reproduce en recepciones y fiestas privadas"
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description: "Gabriel Vargas, presidente de la Asociación de Defensa del Consumidor Entre Ríos, confirmó que grupos de padres organizadores de fiestas de egresados han sido intimados por SADAIC. ¿Qué hacer?"
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date_published: "2025-11-21T12:38:00-03:00"
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tags:
  - "ADECEN"
  - "aranceles"
  - "Defensa del Consumidor"
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  - "SADAIC"
author_name: "Estación Plus Crespo"
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# ADECEN advierte sobre nuevos intentos de cobro por la música que se reproduce en recepciones y fiestas privadas

![f685x385-114022_151715_5050](https://www.mendovoz.com/u/fotografias/m/2019/11/19/f685x385-114022_151715_5050.jpg)

Llegó noviembre y los calendarios de recepciones volvieron al objetivo de SADAIC -Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música-, que emitió un Comunicado Oficial a cobrados de algunas provincias, generando nuevamente confusiones, en detrimento económico de los festejantes.

La provincia no estuvo ajena a estos reincidentes reclamos, a pesar que la legislación no ha cambiado del año anterior a este. **Gabriel Vargas**, presidente de ADECEN -Asociación de Defensa del Consumidor Entre Ríos-, precisó a ***Estación Plus Crespo***: "Hemos estado **brindando asesoramiento a grupos de padres de colegios de Diamante, Urdinarrain y Gualeguaychú**, que nos han hecho llegar sus consultas. Las fiestas de egresados y otros festejos propios de fin de año de carácter privado, **vuelven a reflotar las exigencias del cobro de los derechos de autor**por la música que se reproduce y que estuvo vigente durante décadas, previstos y regulados a través de las entidades que receptan estos aranceles. **Pero a partir del Decreto del Poder Ejecutivo del año pasado y las posteriores resoluciones aclaratorias que se emitieron en el mismo sentido, quedó clara la prohibición de cobros por este concepto en eventos privados**. Se promovió un cambio de paradigma, un cambio en el sentido de interpretación conceptual de lo que se entiende por fiestas privadas. **Los eventos que reúnen las características establecidas en los instrumentos legales del 2024, no tributan más estos derechos de autor".**

A modo de reflexión, comentó: "No se entiende la razón por la cual estas entidades ligadas a la percepción, intentan seguir cobrando el arancel. **En algunos lugares del país -de manera aislada- obtuvieron sentencias judiciales favorables, mediante las que se les autorizó a seguir cobrando por la música en fiestas privadas. Pero no son fallos con efecto expansivo o generalizado, no es una regla".**

**"Está vigente la reglamentación que prohíbe expresamente el cobro de estos derechos en los eventos privados, que incluso enumera fiestas de egresados, casamientos, fiesta de bautismo o 15 años. Están expresamente excluidos"**, afirmó Vargas y agregó: "Hubo además un dictamen de la Secretaría Legal y Técnica de la Nación y un dictamen de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, explicando los alcances de estas normas, como para que no quede sujeto a interpretaciones. **El Decreto torna el cobro aludido, un violentamiento a los derechos de los consumidores o usuarios de este tipo de actividades"**.

El presidente de ADECEN instó a **"no efectuar el pago, más allá del medio por el cual se lo requiera; y quien haya pagado, puede reclamar la devolución, mediante una denuncia ante los organismos correspondientes".**

Aclaró también que "**a veces no se hace el evento en un salón, sino un establecimiento escolar, un club y tampoco implica que deba pagarse este arancel.** Nos han trasladado esa inquietud, de que **por ahí los dueños de salones en alquiler, condicionan la posibilidad de llevar adelante la fiesta al pago del arancel en cuestión, y no corresponde**. Están en todo el derecho de negarse", clarificó.

Gabriel Vargas sostuvo que "en ese sentido, estamos abiertos a las consultas que nos deseen realizar, estamos haciendo reuniones virtuales con grupos de padres de colegios que han sido intimados y han recurrido a nuestra entidad ante el temor de que les sea clausurado el evento. **Las fiestas privadas no se pueden clausurar por el no pago de SADAIC o AADI CAPIF.** Quizás por falta de habilitación, de matafuego, de seguridad, pero no por este concepto. **Siempre que estemos hablando de eventos que no son abiertos al público, ni de concurrencia masiva espontánea, sino que es para un determinado grupo de personas especialmente invitadas previamente.**Instamos a que pongan en conocimiento de la autoridad de Defensa del Consumidor local, cuando estas situaciones ocurran o haya una amenaza de producirse". **Los interesados pueden contactarse con ADECEN al 343-4641090 / mail: adecen2004@gmail.com**

Finalmente, destacó que "actualmente **es habitual abonar una tarjeta para un casamiento o fiesta familiar, pero eso no modifica el espíritu con que fue concebida la norna**. Es la misma situación, **son privados, ya que se caracterizan por ser para un número cerrado de personas -como una lista de invitados-, donde no hay admisión abierta al público en general"**.

En cuanto al amedrentamiento manifiesto y confuso en estos contextos, el dirigente acotó: "No opera una clausura por este motivo. De hecho, **no son autoridades ni instituciones facultadas para clausurar**. Lo propio debe ocurrir mediante una orden judicial o de Faltas, o una intervención policial, **cuando haya manifestamente un hecho que justifique la clausura**, ya sea violencia o alguna otra situación de gravedad".

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