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title: "Los vapeadores deberán tener una advertencia sobre los riesgos de su uso para la salud"
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description: "Así lo determinó el Ministerio de Salud en una resolución que incluye a bolsas de nicotina y cigarrillos electrónicos."
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date_published: "2026-07-06T07:54:00-03:00"
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  - "Ministerio Salud"
  - "Vapers"
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category_description: "Estas son las últimas noticias de Crespo, Entre Ríos"
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# Los vapeadores deberán tener una advertencia sobre los riesgos de su uso para la salud

![vapeo-vapear-cigarrillo-electronicojpg](https://media.lacapital.com.ar/p/f6771b8bd35f4fe317216021271be40f/adjuntos/205/imagenes/030/774/0030774443/vapeo-vapear-cigarrillo-electronicojpg.jpg)

El Ministerio de Salud actualizó e introdujo cambios que alcanzan a los cigarrillos, a los **productos de tabaco combustibles, a los dispositivos cigarrillos electrónicos (DCE),****dispositivos de tabaco calentado****(DPTC) y bolsas de nicotina (BN)** y amplió las vías de comunicación incorporando**un chat-bot disponible mediante WhatsApp** para quienes busquen o requieran información sobre temas relacionados al tabaquismo.

Así se informó en el Anexo incorporado a la resolución 796/2026 publicada en Boletín Oficial al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas y la nueva norma derogó las resoluciones 623/2019 y 3499/2021, que hasta ahora regulaban la normativa gráfica de empaquetado, y la reemplazó con un nuevo documento titulado **“Advertencias Sanitarias para los Productos de Tabaco y Nicotina”**, dentro de la resolución 497/2012.

En tanto, la rotación de los mensajes sanitarios, la ampliación o modificación del listado de mensajes sanitarios, la realización del diseño, pictogramas o imágenes correspondientes a cada mensaje, será determinada por la cartera sanitaria.

En el Anexo se indicaron las advertencias sanitarias para los cigarrillos y productor de tabaco combustibles y se indicó que *“se mantiene la mayoría de las advertencias sanitarias existentes incorporando en el dorso del paquete la frase: ‘Fumar tabaco …’ y los diez textos correspondientes: 1. Produce cáncer, 2. Produce EPOC, 3. Produce ataques cardíacos, 4. Produce ACV, 5. Produce ataques de asma, 6. Durante el embarazo pone en riesgo a tu bebé, 7. Produce ceguera, 8. Aumenta el riesgo de diabetes, 9. Enferma tu boca y 10. Contamina gravemente el ambiente”.*

Además, indicó: *“En todos los casos la publicidad o promoción de los productos elaborados con tabaco se incluirá el pictograma de advertencia: Fumar tabaco aumenta el riesgo de diabetes/El consumo de tabaco agrava el daño vascular de la diabetes, cuyo texto estará impreso, escrito en forma legible, prominente y proporcional dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras, que deberá ocupar el veinte por ciento (20%) de la superficie total del material objeto de publicidad o promoción”*.

*“El mensaje sanitario estará escrito en un rectángulo negro, sobre fondo blanco con letras negras y ocupará el 50% inferior de una de las superficies principales expuestas. La imagen ocupará el 50% inferior de la otra superficie principal. El fabricante o importador deberá adecuar los formatos suministrados a las dimensiones del envase sin alterar sus proporciones ni características gráficas. En el caso de los cartones de cigarrillos u otros envases de similares características, la imagen será impresa en la cara principal más visible al consumidor”,* añadió.

### Advertencias sanitarias para otros productos de tabaco y nicotina A

“La Resolución 549/26 asimila los nuevos productos de tabaco dentro de la ley 26.687 por lo cual obliga a que estos tenga **una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos del consumo de productos elaborados con tabaco o nicotina**", expresó el escrito.

Asimismo, agregó: *"Debido a que estos son nuevos productos en el mercado y que lo único que tienen en común es la presencia de nicotina, una sustancia altamente adictiva, se plantea que los dispositivos cigarrillos electrónicos, vapers, vapeadores (DCE); soluciones líquidas para estos; dispositivos productos de tabaco calentado (DPTC), sticks para estos y bolsas de nicotina (BN) tendrán un único mensaje sanitario: ‘Este producto contiene nicotina que es altamente adictiva’”*.

También señaló que*“en todos los casos la publicidad o promoción de dispositivos cigarrillos electrónicos, vapers, vapeadores (DCE); soluciones líquidas para estos; dispositivos productos de tabaco calentado (DPTC); sticks; y bolsas de nicotina (BN)”*se deberá incluir el citado mensaje cuyo texto estará impreso, escrito en forma legible, prominente y proporcional dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras, que deberá ocupar el veinte por ciento (20%) de la superficie total del material objeto de publicidad o promoción.

En envases de los citados dispositivos*“el mensaje sanitario y su correspondiente imagen describirán los daños relacionados con estos productos” y el mismo estará escrito en un rectángulo negro, sobre fondo blanco con letras negras y ocupará el 50% inferior de una de las superficies principales expuestas. La imagen ocupará el (50%) inferior de la otra superficie principal. El fabricante o importador deberá adecuar los formatos suministrados a las dimensiones del envase sin alterar sus proporciones ni características gráficas”.*

Otro cambio que introdujo la norma refiere a los canales de atención al público:*“Este Ministerio ha actualizado y ampliado las vías de comunicación incorporando un chat-bot disponible mediante la aplicación de mensajería instantánea de WhatsApp dirigida a la población en general y en especial a todos aquellos que busquen y/o requieran información sobre temas de salud relativos al tabaquismo, incluyendo estrategias para dejar de fumar y sobre cómo proceder para realizar una denuncia por incumplimiento de la normativa vigente, entre otras cuestiones”.*

*Agencia NA*

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