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title: "Prohibieron la venta de mascarillas faciales y otros cosméticos por representar un grave riesgo sanitario"
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description: "La medida alcanza productos de las cuatro marcas, detectados en comercios y plataformas online. La prohibición rige en todo el país hasta que se regularice la situación registral"
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date_published: "2026-07-13T08:05:00-03:00"
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tags:
  - "Anmat"
  - "prohibiciones"
category_name: "Información General"
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category_description: "Estas son las últimas noticias de Crespo, Entre Ríos"
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# Prohibieron la venta de mascarillas faciales y otros cosméticos por representar un grave riesgo sanitario

![WKRQLMNDIZAYXFBYKPPLITBTW4](https://www.infobae.com/resizer/v2/WKRQLMNDIZAYXFBYKPPLITBTW4.png?auth=ca68b56eec1e38557be2d2e43db16c94682132ec4b58a5015139807e81bee79c&smart=true&width=992&height=554&quality=85)

La **Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)** dictó la prohibición inmediata de uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio argentino de varias máscaras faciales y una máscara de manos, producidas por las marcas **“USHAS”, “FAYANKOU”, “KAKAZIYAN” y “CHOVEMOAR”**.

La**Resolución 4193/2026,** publicada hoy en el Boletín Oficial, alcanza a todas las presentaciones y contenidos netos de estos productos cosméticos, hasta que se encuentren debidamente regularizados. De acuerdo con lo dispuesto, el organismo tomó la decisión luego de detectar la **circulación de estos artículos sin inscripción sanitaria,** lo que impide garantizar su calidad y seguridad para los consumidores.

El procedimiento se inició a partir de una serie de **controles efectuados por el área de** **Cosmetovigilancia**, que identificó la presencia de estas mascarillas y productos para la piel en comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y también en plataformas de venta en línea, donde se ofrecían con envío a todo el país. La verificación reveló la**ausencia de datos de inscripción sanitaria en los rótulos**.

La prohibición, de alcance nacional, **se fundamenta en la necesidad de proteger la salud pública frente a la circulación de productos ilegítimos**, sobre los cuales no existen garantías de elaboración bajo condiciones higiénico-sanitarias adecuadas ni certeza sobre la composición de sus ingredientes.

El organismo regulador alertó también a las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, para asegurar la efectiva remoción de estos productos del mercado.

Los artículos alcanzados por la medida incluyen: la **Máscara facial ROSE FACIAL MASK de “USHAS” (25 ml), la Máscara facial LEMON BRIGHTEN FACIAL MASK WHITENING SKIN de “FAYANKOU” (25 ml, vencimiento 06/2028), la Máscara facial FACIAL MASK de “KAKAZIYAN CARTOON MASK” (sin especificación de volumen, made in China), la Máscara facial MASK PACK de “KAKAZIYAN CARTOON MASK” (30 ml, made in China) y la Máscara de manos de “CHOVEMOAR” (36 g, lote HBD12C1, exp 20240411)**. Ninguno de estos productos cuenta con inscripción sanitaria visible en su rotulado, lo que constituye una infracción grave a la normativa vigente.

El área de Cosmetovigilancia detectó estos productos durante inspecciones presenciales y electrónicas, confirmando **su oferta tanto en comercios físicos de CABA como en plataformas digitales**, en algunos casos con envíos a todo el país. La ANMAT verificó en su base de datos la **inexistencia de registros** que correspondieran a los datos de los rótulos analizados, lo que comprometía la legalidad de su comercialización.

La decisión de la ANMAT se sustenta en la **Ley N° 16.463**, **que prohíbe la circulación y entrega al público de productos impuros o ilegítimos**, y en la **Resolución MS y AS N° 155/98**, que establece que la importación, elaboración y comercialización de productos cosméticos solo puede realizarse con **artículos registrados en la autoridad sanitaria nacional y elaborados por establecimientos habilitados**. Asimismo, el Decreto N° 1490/92 faculta al organismo a aplicar medidas preventivas y correctivas para **salvaguardar la salud de la población**cuando se detecten riesgos en la calidad o sanidad de los productos.

*Infobae*

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