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title: "Los caballos deberán tener microchip para ser trasladados: desde cuándo regirá la nueva medida del Senasa"
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description: "A través del Boletín oficial se estableció la obligatoriedad desde el 1 de marzo de 2027; el organismo reemplazará progresivamente las libretas físicas"
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date_published: "2026-09-10T04:07:00-03:00"
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  - "Caballos"
  - "Chip"
  - "SENASA"
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category_description: "Estas son las últimas noticias de Crespo, Entre Ríos"
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# Los caballos deberán tener microchip para ser trasladados: desde cuándo regirá la nueva medida del Senasa

![caballos-chip](https://www.primeraedicion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/caballos-chip.jpg)

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) oficializó un **nuevo marco normativo para la actividad equina en todo el país.** La medida reguló la identificación electrónica individual, el registro sanitario y el traslado de animales.

La disposición se formalizó mediante la Resolución N° 831/2026 publicada en el Boletín Oficial. La norma fijó el uso obligatorio del microchip a partir del 1 de marzo de 2027 para todos los equinos movilizados. A su vez, aprobó la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) y el Pasaporte Equino Digitalizado (PED).

La iniciativa busca reemplazar los**documentos físicos tradicionales**. La autoridad sanitaria determinó que el transpondedor inyectable será el medio oficial para identificar a los animales. El dispositivo deberá implantarse por vía parenteral en el cuello del equino.

**Posteriormente, el código del microchip se registrará en el sistema informático Sigsa.** La carga podrá realizarse mediante aplicaciones digitales homologadas, por autogestión o en las oficinas del organismo.

### Nuevos controles sanitarios para los equinos

La normativa estableció un esquema de transición gradual para discontinuar el formato en papel. A partir del 31 de diciembre de 2026, el Senasa dejará de imprimir nuevas libretas físicas.

Los documentos ya emitidos mantendrán su validez hasta el 31 de diciembre de 2027. **Luego, desde el 1 de enero de 2028, sólo tendrán vigencia legal la LSED y el PED.**

La resolución fue categórica al respecto. El texto oficial advirtió que la falta de migración al sistema digital en el término fijado inhabilitará al titular para realizar movimientos de sus animales.

El traslado de equinos en el territorio nacional se amparará con la LSED o el PED usando geolocalización. No obstante, la faena de exportación, las zonas libres y el comercio internacional exigirán el Documento de Tránsito electrónico (DT-e).

En los considerandos, el organismo justificó que se busca alcanzar un Estado sólido, moderno y eficiente, promoviendo y proveyendo eficazmente bienes y servicios de calidad sin generar tramitaciones innecesarias. Por último, la resolución fijó pautas para los desarrolladores de aplicaciones tecnológicas.

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