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Desde hace tres años es más fácil realizar el trámite. En el primer semestre hubo 837 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.
Entre Ríos13 de agosto de 2018Hace mucho que el mandato "hasta que la muerte los separe" perdió vigor y quienes pasan por el Registro Civil para casarse en primeras nupcias saben que este acto no restringirá su libertad de volver a celebrar un nuevo enlace con otra persona en otro momento de la vida, como ocurría hasta hace 31 años, hasta que el Congreso de la Nación aprobó la ley que derribó el impedimento a los divorciados de volver a contraer matrimonio.
Si bien históricamente disolver el vínculo nupcial por lo general no era una tarea sencilla y llegaba a demandar muchos años, habida cuenta de las contiendas entre los cónyuges y las dilaciones en los ámbitos judiciales, hoy la cuestión es más sencilla. Desde que rige el actual Código Civil y Comercial en la Argentina, que entró en vigencia el 1° de agosto de 2015, divorciarse es más fácil y no hace falta atravesar un proceso contencioso ni invocar una causa: basta con que uno de los integrantes de la pareja lo solicite e inicie el trámite.
En este marco, en la primera mitad de este año –de febrero a junio– ya hubo 837 sentencias de divorcio en Entre Ríos, según informaron en el Superior Tribunal de Justicia. Haciendo un cálculo de un promedio –sin contar los fines de semana, que es cuando no se efectúa esta gestión– se puede estimar que son casi ocho las parejas que se divorcian por día en la provincia. Se trata de un número importante que da cuenta de que el trámite es más ágil que hasta hace tres años.
Sobre este tema, Enrique Marciano Martínez, presidente del Colegio de Abogados de Entre Ríos (CAER), reflexionó: "Ya se cumplieron tres años desde que rige el Código Civil y Comercial actual y lo que veo en la práctica es que el divorcio como disolución del vínculo se está cumpliendo más rápido. A esta altura de la vida del siglo XXI, uno de los cónyuges dice que no quiere continuar con el matrimonio y se corta. Lo que pasa es que por lo general siempre hay una discusión sobre bienes", dijo, en referencia a que el mismo Código también obliga al que solicita el divorcio a que junto con este pedido presente al juez una propuesta para el otro cónyuge, en la que debe plantear cómo se van a repartir los bienes, cómo será el programa de responsabilidad parental respecto de los hijos, cuál es la cuota alimentaria que se va a establecer, qué régimen de comunicación habrá entre las partes, entre otros puntos.
Cabe aclarar que si la otra parte no está de acuerdo con la misma, el juez dicta el divorcio igual para disolver el vínculo y lo demás se resuelve en otro proceso.
Por su parte, Jorgelina Guilisasti, abogada especializada en Derecho de Familia y vocal del CAER, destacó: "El cambio más importante es haber abandonado la noción de culpa. El divorcio es totalmente objetivo, incausado, que se concentra en resolver las cuestiones pendientes, como los bienes, los hijos, las prestaciones entre los excónyuges, ese ha sido el cambio radical que se ha dado a partir de que rige el actual Código Civil".
"Basta que uno de los miembros del matrimonio lo solicite, se inicia el trámite. Por más que el otro ni siquiera se presente a la audiencia, es notificado y el divorcio sale igual. Van a quedar para resolver después las cuestiones de qué pasará con los bienes si existen en común, y si tienen hijos, ya que ahora cuando se enfrenta el divorcio hay que proponer algo e ir pensando en la solución. La compensación económica fue otro de los grandes cambios", acotó,
Celeridad
Según comentaron los especialistas, la agilización en el proceso de divorcio y el cambio de las condiciones llevó a que mucha gente separada de hecho esperara para iniciar la gestión para modificar su estado civil hasta recién después del 1° de agosto de 2015, para no tener que contar necesariamente con el consentimiento de quien fue su cónyuge.
Vanesa Visconti, directora general del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia, explicó a Uno: "A partir de la reforma del Código Civil, se facilita que el divorcio se pueda concretar más pronto. Con la ley anterior la otra parte debía dar el divorcio. Si eso no ocurría, se generaba un proceso que solía durar un montón de años. Pero hoy en día uno ya no puede negarse a darle el divorcio a la otra parte. Por eso se lo llamó exprés, pero el trámite sigue siendo ante la Justicia, no ante los registros civiles". En este sentido, aclaró: "El cambio de estado civil de casado a divorciado se modifica judicialmente a través de una sentencia, que luego el abogado debe remitir al Registro Civil para su inscripción".
La funcionaria contó que hubo numerosos divorcios inscriptos durante el primer año de vigencia del Código Civil, pero aclaró que en muchos casos "no eran divorcios nuevos sino que se venían tramitando y se agilizaron con la implementación de la nueva norma". Al respecto, dijo: "No es que la gente se divorció a mansalva porque hay un divorcio exprés. Lo que pasó es que había muchos divorcios que venían frenados antes de la vigencia de este Código".
Acto seguido, indicó: "Desde 2016 a la actualidad se han cumplimentado 4.000 inscripciones de oficios de divorcios en toda la provincia. Esto no quiere decir que haya habido 4.000 divorcios desde ese año, sino que algunos pudieron iniciarse con el Código de Vélez Sársfield, y decretarse con el actual código".
Tiempos y costos
Si bien el trámite es más asequible debido a esta cuestión, quienes se especializan en Derecho de Familia aclaran que el mal llamado "divorcio exprés" es un trámite judicial que lo debe efectuar un abogado y no las partes por su cuenta, con un costo de honorarios y otros conceptos. Respecto de esta cuestión, Enrique Martínez aclaró: "El trámite de la disolución del vínculo matrimonial se sigue realizando en el ámbito tradicional del Poder Judicial y para acceder a la Justicia hay que contar con un abogado. Los honorarios siempre son en relación con lo que está en juego. Si es una pareja que alquila, que no tiene autos, que son solo dos y no hay alimentos, el monto de honorarios será menor. Ahora, si hay que dividir bienes más importantes, los honorarios tienen relación con los bienes que se discuten".
No obstante, Vanesa Visconti, directora del Registro Civil, aclaró que "aquellas personas que no tienen bienes y no pueden enfrentar un proceso de divorcio porque no pueden hacer frente a los costos de un abogado, la Defensoría pública los atiende y el divorcio se lleva adelante igual". En este marco, confió: "Notamos que hay muchos divorcios que se han tramitado en la defensorías".
Comparando los tiempos que insume el proceso de divorcio, Jorgelina Guilisasti señaló que mientras antes podía durar varios años, en la actualidad que se dicte la sentencia por lo general demanda pocos meses.
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