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La ANMAT prohibió siete marcas de café por irregularidades en su registro

La medida fue publicada en el Boletín Oficial y alcanza a productos de Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto. Según el organismo, las presentaciones fueron calificadas como “apócrifas” por carecer de registros sanitarios y mostrar rótulos falsos.

Información General13 de noviembre de 2025
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de siete productos de café pertenecientes a distintas marcas, tras detectar graves irregularidades en su registro sanitario y rotulado.

La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 8385/2025, lleva la firma de la titular del organismo, Nélida Agustina Bisio, y permanecerá vigente hasta que las empresas involucradas regularicen su situación.

Cuáles son los cafés prohibidos por la ANMAT

Según se detalla en el texto oficial, los productos afectados son:

  • Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia.

  • Café Clásico, Café Sol, Línea Baristas..

  • Café Colombia, Café Sol, Línea Baristas.

  • Café Gourmet, Café Sol, Línea Baristas.

  • Café, Café Sol, Línea Baristas.

  • Puro café estilo italiano tostado natural en grano, Intenso Blend, marca Caffé del Ponte Rialto.

  • Café tostado natural, Expresso Café Crema.

La investigación se inició tras una denuncia ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que advirtió que uno de los productos rotulados como Caffé del Doge exhibía un número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) inexistente.

Durante una inspección en una sucursal de la firma, personal del INAL constató la presencia de otras presentaciones con irregularidades en el rotulado, ausencia de datos obligatorios como lote o fecha de vencimiento, y la utilización de registros falsos.

Dónde se fraccionaban los productos

El propietario del local declaró que no vendía los productos envasados, sino que los utilizaba para la preparación de café en taza, y señaló que eran provistos por la empresa Junio 1995 SRL. Esta firma, a su vez, indicó que el fraccionamiento se realizaba en una planta denominada Café Sol, ubicada en San Justo, partido de La Matanza.

En esa planta, los inspectores comprobaron que no contaba con Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni RNPA vigentes, y que se procesaban productos para diversas marcas, entre ellas Caffé del Doge y Caffé del Ponte Rialto. Se incautó la mercadería y se prohibió el fraccionamiento.

Productos “apócrifos” y sanciones a las empresas

El Departamento de Normativa Alimentaria determinó que los productos eran “apócrifos”, al exhibir números de registros inexistentes o pertenecientes a otros elaboradores. Por tal motivo, la ANMAT ordenó suspender su producción y comercialización en todo el país.

Además, el organismo inició sumarios sanitarios a las empresas y personas involucradas y notificó a las autoridades provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires para garantizar la aplicación efectiva de la medida.

La resolución permanecerá vigente hasta que las compañías regularicen sus registros y cumplan con las exigencias del Código Alimentario Argentino.

Hace una semana, la ANMAT había aplicado una disposición similar sobre una marca de frutos deshidratados y un suplemento dietario a base de miel, tras detectar irregularidades en su etiquetado y registros.

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