Declaran inconstitucional la baja por embarazo de una aspirante a policía
Vanesa Leticia Abella había ingresado el 29 de junio de 2015 a la Escuela “Comisario General Pedro Ramón Campbell” de Villaguay, donde superó satisfactoriamente los cursos e instrucciones realizados hasta que, el 18 de diciembre del mismo año, se le dio de baja por encontrarse en la causal tipificada en el artículo 36º, inciso 8º: “La aspirante que estuviera embarazada será dada de baja por distintas complicaciones en el inicio y durante el transcurso de gestación, ya que se verá impedida de completar su formación de base”, efectivizándose la misma cuando ya presentaba un mes de gestación.
Entre los argumentos del fallo, se declaró la incompatibilidad constitucional del artículo del reglamento interno de la fuerza policial, la nulidad del acto segregatorio y la procedencia del resarcimiento pretendido. El tribunal consideró que la normativa impugnada, además de resultar “claramente discriminatoria por motivos de género, carecía de razonabilidad, habida cuenta que no se inferían de ella los motivos que justificaban su imposición”.
También se ordenó al Estado provincial la reincorporación de Abella al curso de aspirante a agente de la Escuela de Policía y que se le reconozca el tiempo que había cursado.
El Poder Ejecutivo Provincial fue exhortado a readecuar, a la mayor brevedad posible, el reglamento interno de la institución "a los mandatos y principios constitucionales y convencionales vigentes en Argentina", y con ello evitar la posible responsabilidad internacional del Estado "al no haber adoptado todas las medidas necesarias para eliminar toda discriminación contra la mujer", en especial por motivos de embarazo y maternidad.