
La Justicia avaló el reclamo de una de las listas y finalmente habrá elecciones en el Colegio de la Abogacía

Este viernes -fecha en la que estaban previstas las elecciones anuladas por el Tribunal Electoral- el máximo órgano de Justicia de la Provincia de Entre Ríos recordó en su fallo que el inc. 22 del art. 75 de la Constitución Nacional otorga jerarquía constitucional a un amplio abanico de acuerdos internacionales, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos que, en su art. 23, aborda y reconoce los derechos políticos.
En el punto el instrumento establece que todos los ciudadanos gozan del derecho a "votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores" y que la "ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal".
Aun cuando lo citado haga a los poderes públicos, atento la naturaleza misma de los colegios profesionales y la delegación del Estado sobre esos entes (art. 77 Constitución de Entre Ríos), la manda internacional resulta plenamente aplicable en estos casos.
Por esta, y otras razones, el STJ resolvió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la "Lista Azul y Blanca Compromiso e Independencia Gremial" contra la sentencia del 11 de marzo de 2021 y declaró la nulidad de las Resoluciones 4/2021, 6/2021, 7/2021 y 9/2021 del Tribunal Electoral que excluyeron de la participación a esta lista, ordenando continuar el trámite eleccionario según su estado, en plazo y condiciones razonables que garanticen la real posibilidad de participación.
Además, resolvió declarar la nulidad parcial del Anexo I de la Resolución Nº 28133; en tanto fulmina el derecho al recurso ante las decisiones del Tribunal Electoral del CAER y recomienda al Colegio la adecuación de su reglamento eleccionario a las normativas constitucional y convencional que rige la materia.
Aceptación del fallo
Desde la conducción del Colegio de la Abogacía aclararon que aceptarán el fallo y se reprogramará el cronograma electoral.
“Siempre tuvimos la voluntad de que sean los matriculados quienes elijan a las autoridades del CAER y por eso convocamos a elecciones. Como conducción, queremos afianzar lo logrado hasta el momento, que es mucho, e ir por un Colegio más abierto, plural y con sentido federal”, aseguró el actual presidente y candidato a repetir mandato, Alejandro Canavesio.
APF Digital


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