
Una moto y un automóvil protagonizaron un fuerte choque
Ocurrió sobre Los Constituyentes, a la altura del puente que comunica con calle Urquiza. Hubo derivación a la guardia médica. Lesiones y retenciones.
Concejales de ambos bloques avalaron con su voto el proyecto girado por el Ejecutivo.
Crespo05 de julio de 2021
Estación Plus Crespo
En la mañana de este lunes, se sometió a votación un proyecto de ordenanza que busca aliviar la presión fiscal municipal sobre aquellos que se han visto imposibilitados de desarrollar su actividad en forma normal o completa, atento a las disposiciones sanitarias dictadas con motivo de la Emergencia Nacional por Covid-19.
El acompañamiento de los ediles convirtió la iniciativa en ordenanza.
FM Estación Plus Crespo accedió al bosquejo normativo sancionado, el cual establece que se exime (en un 100%) del pago de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad a los contribuyentes del Régimen General y Simplificado, que se encuentran inscriptos en las siguientes actividades:
* Servicios de salones de baile, discotecas y similares.
* Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares.
* Servicios gastronómicos, Disck-Jockey, fotografía, edición y reproducción de grabaciones y video en fiestas y eventos.
Para ellos, la exención rige desde el período abril de 2021 y mientras duren las restricciones dispuestas por el Gobierno Nacional para el ejercicio de esas actividades. De ocurrir una situación especial, el Ejecutivo Municipal podría fijar por Decreto la finalización de dicho beneficio.
Por otra parte, se fijó reducir en un 50% el pago de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad a los contribuyentes del Régimen General y Simplificado, que se encuentran inscriptos en las siguientes actividades:
* Servicios de restaurantes, cantinas, bares y confiterías.
* Expendio de helados.
* Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador.
La exención rige por el período mayo de 2021, facultándose al Ejecutivo Municipal a extender el beneficio mediante Decreto fundado, alcanzando otros períodos dentro del ejercicio fiscal 2021.
Si algún contribuyente de dichos rubros ya abonó la Tasa Municipal, se le imputará el respectivo crédito fiscal al primer período inmediato siguiente que le corresponda tributar. De esta manera, los comerciantes o emprendedores no pierden el efecto que persigue la nueva ordenanza.
Los beneficios fiscales se determinaron en dos grandes grupos, atento que algunos presentaron "la imposibilidad absoluta de trabajo", mientras que otros prestadores o comerciantes presentaron "una reducción significativa de los horarios de funcionamiento para la atención".

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