
La fuerte colisión se produjo entre un automóvil y un camión, durante la lluvia. Una persona hospitalizada.
El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la herramienta legal para que el municipio destruya los escapes de autos y motos que sean retenidos por esta irregularidad.
Crespo07 de abril de 2021
Estación Plus Crespo
Durante la sesión ordinaria de este miércoles, llevada a cabo en el recinto del Concejo Deliberante, los ediles de ambos bloques acompañaron con su voto la aprobación del proyecto que tiene como finalidad desalentar la colocación de escapes ruidosos o antirreglamentarios y, a su vez, neutralizar el uso de los mismos o su eventual reutilización. Con el aval unánime, se convirtió en Ordenanza.
La legislación busca facilitar el cumplimiento de las demás normas inherentes al tránsito, priorizando la vida y la seguridad de todos los ciudadanos, atendiendo la problemática que consiste en el uso de caños de escape antirreglamentarios en motovehículos y automóviles. Es por ello, que se consideró necesario establecer expresamente la posibilidad de decomisar caños de escape antirreglamentarios detectados en vehículos, así como una normativa sobre disposición final de los mismos, para los casos en que dicha situación sea constatada en un acta de infracción y retención preventiva de vehículos.
La decisión también obedece a que se ha constatado en reiteradas oportunidades la reinstalación de los mismos cuando -una vez retenidos, ordenada y cumplida la colocación de escape reglamentario y abonadas las multas de rigor- el vehículo es devuelto a su propietario, quien también se llevaba consigo el escape retirado o cambiado.

La Ordenanza
ARTICULO 1º) Los vehículos retenidos -tanto automóviles o motovehículos-, de los que surja o se presuma que han sido modificados con el objetivo de producir mayor ruido o mayores emanaciones de gases de los permitidos, ya sea por escapes originales y/o modificación de los sistemas de escape y/o cualquier otro accesorio que los origine, serán sometidos a prueba y se realizará un informe de la Dirección de Prevención y Seguridad Urbana. Dicho informe será remitido al Juez de Faltas el que podrá disponer su decomiso y posterior destrucción.
ARTICULO 2º) La compactación y/o destrucción de los elementos antirreglamentarios secuestrados de los vehículos deberá ser difundida oportunamente por los medios de prensa y comunicación, para así lograr una mayor transparencia y conocimiento general de dicho procedimiento.
ARTICULO 3º) El titular del vehículo retenido deberá proveer las piezas homologadas para reparar el sistema de escape de la unidad, a su exclusivo cargo, las que deberán ser instaladas en el taller municipal o en el que la Municipalidad de Crespo determine, como requisito previo para su restitución a su titular.
Todo ello, sin perjuicio del pago previo de las multas, acarreo, guarda y demás conceptos que correspondan, pudiendo el Juez de Faltas adicionar una suma equivalente de entre 5 y 30 litros de nafta, en concepto de mano de obra, previo informe y estimación de costo que realice el responsable de tales tareas.

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