
El INDEC difundió el dato de inflación del sexto mes del año; en el primer semestre acumuló un alza de 15,1%.
En la ley de leyes aparecieron en forma sorpresiva dos artículos vinculados al blanqueo de dólares. De qué se tratan.
Nacionales17 de septiembre de 2022El Gobierno Nacional envió a la medianoche del viernes el proyecto de Presupuesto 2023, que contempla un gasto general de casi 29 billones de pesos, un crecimiento del 2 por ciento, una inflación estimada en el 60 por ciento, y un descenso del déficit fiscal del 2,5 al 1,9 por ciento.
Pero más allá de la relavancia de las proyecciones macro, en la ley de leyes aparecieron en forma sorpresiva dos artículos vinculados al blanqueo de dólares.
Dos artículos de la iniciativa incorporan nuevos destinos para los fondos que se blanqueen mediante la Ley N° 27.613 -denominada de Incentivo a la Inversión, Construcción y Producción Argentina- que había sido promulgada el 22 de agosto pasado.
En el artículo 71, el Presupuesto establece que los fondos que se declaren (que deberán pagar entre 5 y 20% según establece la norma original) "también podrán destinarse a la adquisición de un inmueble usado". Recordemos que Hasta ahora solo se podía comprar unidades nuevas o en construcción.
La compra de propiedades usadas, sin embargo, tendrá limitaciones: tiene que ser destinada a vivienda de quien blanquea y su familia o, "por un plazo no inferior a 10 años", a alquiler con destino exclusivo de casa-habitación (es decir, no comercial).
El plazo para blanquear sería de 6 meses y no hay restricciones del blanqueo para quienes ya tengan propiedades a su nombre. Así, un contribuyente podría tener otros inmuebles y comprar un inmueble usado para usar de vivienda y de ese modo encuadrar en el blanqueo.
Dólares para importaciones
Por otro lado, en el artículo 72, se habilita a usar dólares sin declarar para ingresar al país mercaderías del exterior. Se trata de una iniciativa que Cgera le presentó esta semana al secretario de Comercio exterior, Matías Tombolini.
Para ello, se creará el “Régimen de Incentivo a la Inversión y Producción Argentina” mediante el cual los residentes en la Argentina podrán blanquear dólares en el país y en el exterior durante un año pero solo para pagar importaciones para consumo, incluidos servicios, destinados a procesos productivos. Los fondos deberán depositarse en una Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Inversión y Producción Argentina "en la forma y en los plazos que establezcan la AFIP y el Banco Central", dice la iniciativa.
El impuesto que deberán pagar en este caso es similar al que estaba establecido para la Construcción: desde la fecha de entrada en vigencia del Régimen y hasta transcurridos 90 días corridos: 5%; desde el día 90 hasta el 180: 10%; desde el día 180 hasta el año: 20%. Los dólares se valuarán al tipo de cambio comprador del Banco Nación.
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