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Frentistas deberán comenzar a pagar las obras de mejoras que ejecutó el municipio

El Concejo Deliberante aprobó el conjunto de condiciones que regirán el cobro de las obras de cordón-cuneta con base compactada y pavimento; como así también cordón-cuneta económico con base de broza-cemento y hormigón H21 armado. Qué contribuyentes estarán alcanzados.

Crespo09 de agosto de 2025Estación Plus CrespoEstación Plus Crespo
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En la sesión más reciente del Concejo Deliberante de Crespo se aprobó por unanimidad, la ordenanza que otorga los parámetros necesarios para que el Departamento Ejecutivo comience a cobrar las obras de mejoras concluidas en diferentes sectores de la ciudad.

FM Estación Plus Crespo pudo confirmar que se trata del cordón cuneta con base compactada y pavimento, realizado en calle Uruguay, entre Los Olivos y Manuel Santillán. Alcanza a los frentistas de las manzanas 719, 709, 415, 418, 421 y 423.

También los residentes en calle Pringles, entre Estrada y Stronatti, con frente sobre las manzanas 210 y 221.

Además, se estableció el cobro para la obra de cordón cuneta económico, con base de broza-cemento y hormigón H21 armado, para contribuyentes de calle Elena Walsh, entre Dr. Ramón Carrillo y Dr. René Favaloro, con frente en las manzanas 645 y 646.

Se fijaron los respectivos valores -parámetros de cálculo para cada vecino-, a lo cual se le adiciona el 11% correspondiente al Fondo Municipal de Promoción y Defensa Civil.

Las obras se llevaron adelante mediante el convenio suscripto con La Agrícola Regional Cooperativa Limitada y la firma Organización Avanzar SRL, quienes quedan exceptuados del cobro. 

Características del plan de pago 

Los contribuyentes podrán adelantar una o más cuotas al valor de la cuota próxima a vencer o a la vigente al vencimiento, siempre que se encuentre al día con el cronograma de pago.

El Ejecutivo Municipal fijará las fechas de vencimiento, que serán en un plazo no menor a los 30 días de aprobada la ordenanza, lo cual operó el 6 de agosto.

En caso de que el beneficiario frentista fuese jubilado o pensionado, podrá abonar las cuotas al día siguiente del cobro de sus haberes, debiendo presentar el comprobante.

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