Municipio de Crespo habilitó locales para eventos y servicios gastronómicos
El Departamento Ejecutivo Municipal autorizó la realización de eventos en locales destinados a tal fin, como así también la prestación de servicios gastronómicos, quedando ambas actividades habilitadas en la jurisdicción local desde el 2 de diciembre. Al cierre de esta semana, se oficializó el Decreto Nº 271/2020, el cual establece las condiciones en que podrán desarrollarse.
Pedidos individuales: El organizador de cada evento deberá solicitar autorización, presentar el protocolo de seguridad y será responsable de su cumplimiento, como así también de las consecuencias producto de infracciones que cometan o puedan cometer los asistentes.
La aprobación de realización será emitida por la Municipalidad de Crespo, previo dictamen emitido por el Área de Salud y/o del Comité Local de Emergencia Sanitaria de Crespo (CLESC). Así será en tanto se mantenga la ciudad bajo el status sanitario y epidemiológico actual, determinado por el COES del Ministerio de Salud de Entre Ríos.
Quien solicite autorización deberá precisar el local en donde se realizará, la nómina de asistentes, el horario de realización -que no podrá superar el autorizado para el funcionamiento de locales gastronómicos-, según los días en que se realicen. Es decir, de domingos a jueves hasta las 00:00 y viernes y sábados hasta las 2:00 de la madrugada del día siguiente.
Control: La autoridad de aplicación y control será el Área de Habilitaciones de la Administración Fiscal y Tributaria de la Municipalidad de Crespo, quien contará con la asistencia de la Guardia Urbana Municipal.
Capacidad en locales para eventos: Los espacios habilitados para la realización de eventos, deberán solicitar autorización especial, fijándose su capacidad por la autoridad de aplicación, que en ningún caso superará la proporción de una persona cada cuatro metros cuadrados (4m2) de espacio útil para la circulación de personas.
Exigencias y prohibiciones de los espacios: Los locales deberán garantizar la higiene permanente de sanitarios, la colocación de toallas de papel descartable y dispensadores de jabón líquido, la adecuada ventilación natural, estando prohibido el uso de aparatos de aire acondicionado.
El Decreto fue suscripto por el intendente Arq. Dario Schneider, fundamentando esta habilitación en los pedidos y la difícil situación por la que atraviesan las empresas y emprendedores dedicados a la organización y realización de eventos.
Se hizo saber que el Ejecutivo consideró necesario reglamentar el funcionamiento de las mencionadas actividades -contando con asesoramiento y recomendación del CLESC- bajo el cumplimiento de las normas de distanciamiento y prevención que corresponde fijar.
"El Decreto 271/2020 también refleja que si bien la norma nacional amplía el número de personas que pueden participar de reuniones familiares o sociales, ello no implica un relajamiento de las medidas de prevención contra la enfermedad, en tanto constituyen el único medio hasta el presente para mitigar los contagios y contener el avance de la misma", sostuvieron desde el municipio crespense.