Denunció un Abuso Sexual Simple en un municipio y no la protegieron: La Cámara falló a favor de la víctima

Crespo 18 de noviembre de 2022 Por Estación Plus Crespo
Las medidas adoptadas por la Municipalidad de Crespo para con la trabajadora fueron condenadas por la Justicia y sentenció reparar las decisiones de índole laboral. La abogada defensora dió detalles de la violencia institucional suscitada y apuntó fuerte contra el procedimiento desandado por la ex magistrada local.
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Dra. María de los Ángeles Petit

Después de largos y complejos meses de litigio, un fallo de un órgano superior del Poder Judicial entrerriano, sentó precedente al dictar sentencia sobre un caso que ocurrió en Crespo, pero que dado los tiempos sociales que corren, la situación se replica en diferentes rincones del ámbito público. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná, resolvió en forma reciente, hacer lugar a la demanda de violencia laboral en contexto de género presentada por una trabajadora de la Municipalidad de Crespo. En forma personal, la mujer sufrió un Abuso Sexual Simple durante su jornada laboral y posteriormente, el gobierno local en su rol de empleador, la trasladó sin fundamento alguno de su lugar de trabajo, lo que importó una discriminación y una desprotección, consecuencias que con el fallo se pretende revertir.

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Habiendo quedado firme la sentencia de Cámara, en declaraciones a FM Estación Plus Crespo, la abogada defensora de la víctima, Dra. María de los Ángeles Petit, resumió la situación que desató acudir a los estrados judiciales: "Oportunamente, una trabajadora municipal hace una denuncia contra un empleado superior a ella, dentro de la Dirección de Tránsito, por Abuso Sexual Simple. A partir de eso, empiezan una serie de problemas internos, que desencadenan en que ella -que trabajaba en calidad de inspectora de Tránsito-, sea derivada a diferentes lugares de trabajo, llegando a fines del 2020 a que le asignen tareas en el reciclado de la basura". Sobre ello, la letrada manifestó que "no es peyorativo, sino que en la administración pública se creen que están en su casa. Se puede cambiar de tareas a un trabajador, pero cumpliendo todos los requisitos que un acto administrativo conlleva, fundamentando por qué se hace, lo que nunca ocurrió" y agregó: "Haber denunciado al empleado superior, le significó una serie de complicaciones en su trabajo y eso profundizó el problema de Abuso Sexual Simple, que consistió en un tocamiento, pero que penalmente se determina como ese delito. Y le desencadenó diferentes enfermedades, no sólo psicológicas y psiquiátricas sino también fisicas".

Para la mujer, asistir al lugar de donde surge su fuente de ingresos, se convirtió en un hostigamiento, dada la secuencia de decisiones que se le impartieron. Ello la empujó a acudir a la justicia, sobre lo que la Dra. Petit explicó: "Hicimos una denuncia por Violencia Laboral contra la Municipalidad de Crespo, por entender que no la protegió a partir del momento en que ella hace una denuncia de Abuso Sexual -que se produce dentro de la Municipalidad-, sino que al contrario, la castigó por denunciar. La castigó trasladándola del lugar de trabajo que tenía -cuenta con capacitación específica para desempeñarse en Tránsito-; la denigró como persona y como empleada; llevándola de un cargo que ocupaba con un rango de cierta jerarquía -como es ser inspectora de Tránsito- para llevarla a una posición de ir primero al Área de Notificaciones y después llegar al Reciclado de Residuos". Marcando la irregularidad por sobre la conducta, la abogada indicó: "El Ejecutivo no presentó un papel que justificara cambiarla de lugar tres veces en un año". 

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"La denuncia no es contra el intendente como persona, sino contra la institución Municipalidad de Crespo. El presidente municipal es el representante y por eso es quien debe responder por estos hechos", aclaró la profesional.

La abogada de la víctima refirió un ensamble de circunstancias que llevaron a que sea más infructuoso arribar a la atención de los derechos vulnerados en la mujer. En tal sentido, María de los Ángeles Petit manifestó: "Hicimos la presentación primero en el Juzgado de Paz de Crespo, que la Jueza Silvia Rochas se declara incompetente, y va a la Cámara Contencioso de Paraná, que le dice que se tiene que hacer cargo de la causa. Ahí comienza otro camino, realmente un suplicio, porque se cometieron muchísimos errores desde el punto de vista procesal -en el expediente-, como por ejemplo haber dejado que la Municipalidad ingrese como parte y notificar primero a la Municipalidad y no haber escuchado a la víctima; y luego, cuando la víctima recibe un alta de su enfermedad psiquiátrica, pero con control por parte del psiquiatra que la atiende, se pide una Medida Cautelar para que vuelva a su lugar de trabajo y la Jueza se lo niega. Entendió que primero había que resolver el expediente principal, lo cual es una aberración jurídica desde todo punto de vista. Esto nos llevó a presentar una Recusación a la Jueza, que fue denegada por la Cámara, pero nosotros recusamos a la Jueza Silvia Rochas, proque ella fue nombrada a cargo en el año 2003, a través de una presentación que hizo en ese momento el mismo intendente que está ahora, o sea que puede haber algún tipo de gratitud, de agradecimiento en el accionar de la Jueza, al no dar lugar a las presentaciones de la víctima y también porque la hija de la Jueza era funcionaria, contratada o nombrada por Decreto por el municipio, hasta julio de este año. Nos fue denegado, pero igualmente apelamos. Basándonos en las irregularidades que se dieron en el proceso. Y el 7 de noviembre, la Cámara resuelve todo junto, haciendo una sentencia ejemplar, donde determina que le da 5 días a la Municipalidad para reintegrar a su lugar de trabajo a nuestra clienta, es decir, en el mismo lugar donde estaba, que era la Dirección de Tránsito de Crespo".

La vuelta aún no se ha concretado y esas dilaciones motivaron nuevas diligencias administrativas, sin descartar futuras y nuevas acciones legales contra el Estado crespense. Al respecto, la abogada Petit confirmó: "Cuando ella pidió a la Municipalidad el reintegro en octubre -con el alta con control-, lo hace a través de la justicia, porque estábamos en el marco de un proceso. La Jueza no le da lugar a la Medida Cautelar para que la reintegren. Fue el 28 de septiembre que presentamos un Pronto Despacho con este pedido y la Jueza el día 30 -porque el 29 era feriado-, le deniega la Medida Cautelar y a la media hora larga la sentencia desestimando totalmente la denuncia de violencia de género que había hecho esta mujer". Continuando con esa línea de acciones, se refirió a los pasos más recientes concretados: "Desde la sentencia de Cámara del 7 de noviembre hasta este martes, la Municipalidad no se ha comunicado con nuestra clienta. Ante eso y con un estado de la víctima bastante preocupante, el martes de esta semana fue a una entrevista médica y consigue una extensión de la licencia psiquiátrica por un mes más, porque en realidad la Municipalidad fue notificada de la sentencia -que ya se encuentra firme- determinando que en una semana hábil tiene que dictar el acto administrativo para el reintegro de esta señora. No es que alcanza con que ella se presente a trabajar. Se deben dar las garantías de que esta mujer volverá a trabajar en el mismo lugar y con las mismas condiciones, con los mismos haberes con que se encontraría si no hubiese pasado todo esto en el medio. Frente a esa inactividad de la Municipalidad, el psiquiatra le extiende hasta diciembre. Este miércoles (16 de noviembre) presentamos por Mesa de entrada un escrito, donde le comunicamos y solicitamos que arbitre los medios para que cuando termine este período -que es a mitad de diciembre-, pueda reintegrarse a su lugar de trabajo, siempre y cuando el psiquiatra la encuentre apta para ello".

"Si no dictan el acto administrativo, vamos a tener que presentar una acción de Incumplimiento de sentencia. La Municipalidad tiene que dictar el acto administrativo -resolución o decreto- que la reincorpora a su lugar de trabajo en base a la sentencia judicial obtenida. Si no lo hace, tendremos que hacer la denuncia correspondiente", anticipó.

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Haciendo un análisis de la trascendencia que tiene este fallo, habida cuenta de la réplica de casos en diferentes ámbitos públicos, María de los Ángeles Petit reflexionó: "La Administración Pública tiene normas, por las cuales se debe regir y los empleados no están en un almacén, donde uno dice el empleado hoy va a barrer, mañana va a lavar y lo mando como quiero. La Administración Pública no es eso. Tiene procedimientos y cuando se saca a alguien y se lo traslada a otro lugar, se debe dictar el acto administrativo -que no hubo con esta señora, fue todo de palabra y cada vez era peor-. Eso le produjo un daño muy grande, que lo vamos a cuantificar económicamente en una demanda contra la Municipalidad. Es un caso testigo, porque hay una violencia laboral, con un antecedente muy grave, que es que los cambios que la perjudican se origina a partir de que ella denuncia el Abuso Sexual Simple dentro de la Munciialidad. Lo dicen los propios testigos".

Y ahondando en su análisis, acerca del abordaje en el primer Estrado al que se acudió, la profesional señaló: "Otra cuestión es las consecuencias que trajo. No es casual que la Jueza de Paz pida la jubilación ahora. Que se haya nombrado a otra Jueza de Paz. Estamos preparando -y lo dijimos en todos los escritos-, un pedido de Jury para la Dra. Silvia Rochas, porque lo que ha hecho en el expediente es incomprensible desde todo punto de vista y sobre todo, desde el punto de vista de cómo se trata legalmente y jurídicamente la Violencia de Género. Tanto es así, que en la sentencia que hace la Cámara, le llama la atención por no haber escuchado a la víctima. A la jueza le preocupó más escuchar lo que decía el intendente y los abogados del intendente, que lo que decía la víctima". Asimismo, Petit reveló: "Nosotros habíamos tenido con la señora una audiencia en Paraná, por el tema penal. Sus abogados somos de Concordia -soy especialista en género y sobre todo, trabajo mucho en este tipo de casos de Violencia Institucional o Laboral dentro del Estado-, y un miércoles nos llega la notificación de que la Jueza había llamado a testimoniales para el viernes. Nosotros ese viernes, teníamos una audencia con persona detenida, un caso muy sonado de Juicio por Jurado en Concordia. Pedimos la prórroga (en Crespo), que es atendible cuando pasan esas cosas a los abogados. Los jueces prorrogan, sobre todo cuando no hay un caso de urgencia. Como se hizo el viernes, se podría haber hecho el lunes. Y la Jueza nos niega la posibilidad de prorrogar. Hace la audiencia testimonial y la hace solamente con la abogada del municipio. O sea que la víctima no tenía defensa, sí la parte actora. Los abogados defensores que representamos a la víctima, no estuvimos ahí. Y eso hace que las preguntas hayan sido absolutamente pretensiosas, tendientes a demostrar defectos de la víctima....- Lo que trató de hacer la Jueza en esa audiencia, fue demostrar que esta señora en realidad era culpable de lo que le pasó", afirmó sorprendida y demostrando indignación.

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