Cómo se deberá solicitar la tarifa social de luz y gas

Economía 14 de enero de 2024
Los aumentos de los servicios de gas y luz ya fueron autorizados, por lo que los beneficios de la tarifa social, podrán solicitar los descuentos.
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A nivel nacional y provincial se producirán aumentos de las tarifas de los servicios públicos de manera mensual, y al mismo tiempo, también se anunció que seguirá vigente el programa de Tarifa social para los sectores más vulnerables de la comunidad.

Para acceder a la tarifa social en el servicio de electricidad de Edenor, Edesur o Enersa en Entre Ríos, los clientes deben ingresar al sitio web del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).

Además, se notificó que la solicitud de la tarifa social del gas se puede solicitar, también a través de la página de ANSES o desde la aplicación Mi Anses.

Una vez confirmado el camino del sinceramiento de los cuadros tarifarios, se plantea quiénes pueden acceder a la tarifa social, consignó Uno.

Quiénes pueden solicitar la Tarifa social

La tarifa social de luz, gas y agua está dirigida a jubilados y pensionados, personas con discapacidad, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y aquellos que reciben la asignación por desempleo. Se deben solicitar cada una por separado ante distintos organismos del Estado (ENRE, ERAS y ANSES)

Requisitos para acceder al beneficio:

- Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia con remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

- Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

- Beneficiarios de Pensiones no Contributivas con ingresos mensuales brutos no superiores a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

- Titulares de programas sociales.

- Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.

- Usuarios en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (26.844).

- Personas que reciben seguro de desempleo.

- Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

- Usuarios con certificado único de discapacidad (CUD) expedido por autoridad competente.

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