¿En qué consiste el Juicio por Jurado?: El ABC de un sistema que llegó para quedarse

Entre Ríos06 de noviembre de 2019 Por Estación Plus Crespo
El presidente del Colegio de Abogados de Entre Ríos, Dr. Alejandro Canavesio, explicó el paso a paso de la modalidad de juzgamiento penal que comenzaría a aplicarse en 2019 y que constituye una carga pública-obligatoria para prácticamente la mayoría de los entrerrianos.
Alejandro Canavesio

En la noche del martes 5 de diciembre, se sancionó la ley que establece la implementación del Juicio por Jurado en Entre Ríos. Un sistema que viene a modificar sustancialmente el actual modo en que el acusado de cometer un delito grave es sometido para determinar su culpabilidad o inocencia. Ya no será un Juez técnico (un profesional de la abogacía) quien sentencie el grado de responsabilidad y/o participación de una persona en un hecho delictivo, sino que un conjunto de entrerrianos (vecinos comunes) definirá ese veredicto. 

Toda persona mayor de 18 años necesita conocer de qué se trata este nuevo instituto, habida cuenta de que en algún momento será convocado por la justicia para integrar un Juicio por Jurado. Para despejar dudas y llevando información del marco general de esta histórica implementación, el presidente del Colegio de Abogados de Entre Ríos, Dr. Alejandro Canavesio, dialogó con FM Estación Plus Crespo, explicando el alcance:

¿Qué es el juicio por jurado?

"Este sistema, como su nombre lo indica, es el desarrollo de un juicio con la participación de personas que no sepan de derecho, es decir, el vecino común y corriente, que representará a la voz del pueblo. A través de un proceso de designación, se va a formar un grupo de 12 personas: 6 hombres y 6 mujeres, que van a escuchar dentro del proceso oral y público: la acusación que pesa sobre el imputado, qué es lo que se está investigando y las pruebas que hay en el legajo. Cada una de esas personas, a través de su percepción y discernimiento, van a tener que determinar de manera unánime, si el imputado es culpable o inocente. No van a fijar su pena, simplemente darán el veredicto: culpable o inocente", aclaró Canavesio.

"No hay que tenerle miedo, es algo muy natural. Por primera vez la decisión de los ciudadanos tendrá protagonismo en cuestiones judiciales. Venimos con un índice de descreimiento sobre la justicia y de esta manera, se apunta a cambiar la percepción. De acuerdo a lo que una persona va viendo y sintiendo, decide. Se aplica el sentido común. porque todos tenemos un criterio ante ciertas cuestiones, por eso estas personas van a tener que consensuar la deliberación. Serán debates de 12 personas, lo cual es muy constructivo", opinó el letrado. 

¿En qué tipos de hechos se aplicará el Juicio por Jurado?

El presidente de la institución que nuclea a los abogados, indicó: "Los delitos contemplados son aquellos cuya pena abstracta es de 20 años o más. con lo cual estamos hablando de delitos graves, aberrantes: homicidios, violaciones, las tentativas de estos, porque los mínimos y máximos pueden llegar a 20 años o  más. No va a conformarse el jurado por todos los hechos o delitos, sino que exclusivamente cuando la tipificación cumpla con este requisito de plazo de pena mencionado". 

¿El imputado está obligado a someterse a este sistema?

"Sí", dijo Canavesio y agregó: "Desde el Colegio consideramos al momento de elaborar el proyecto, que debía ser optativo. Fue un aspecto de debate legislativo y la ley salió sancionada como mecanismo obligatorio. Esto quiere decir que quien cometa un delito con posible pena de 20 años o más, sí o sí va a ser juzgado por un Juicio por Jurado y penado luego por el Juez. La figura del juez sigue teniendo un rol activo, porque es quien instruye a las personas designadas; dirige la audiencia oral; depura la prueba con el fiscal, querellante, defensores; y finalmente, en caso de que el jurado determine la culpabilidad de un imputado, el juez será quien fijará la pena, en base a derecho, pruebas, será quien fundamentará".

¿Cómo se determina a quién le toca ser jurado?

"La propuesta que salió sancionada es por sorteo a través de Lotería de Entre Ríos. Todos los años deben sortearse en cada jurisdicción, un mínimo de 300 personas. Esas identidades quedan en un registro y si se produce en el Departamento algún delito de las características mencionadas, a través de la Lotería de Entre Ríos se sortean 30 personas, que son las que van a quedar frente al fiscal, al querellante, el abogado, para empezar a seleccionar 18 definitivas: 12 titulares y 6 suplentes, con igualdad de cupo para ambos". 

¿Es obligatorio para un vecino desempeñarse en un Juicio por Jurado? 

"Es una carga pública, con lo cual es obligatoria", afirmó Canavesio. El letrado sostuvo que "es lo mismo que para ser presidente de mesa en las elecciones, es una carga pública y recibe una remuneración. Quien al ser designado decide no participar, debe presentar la justificación pertinente, la cual debe encuadrarse en algunas de las situaciones previstas por la ley".

"Igualmente, la experiencia demuestra que la gente va, participa", comentó el letrado y referenció: "Los resultados en provincias donde está en marcha, son totalmente positivos. Buenos Aires acumula más de 300 Juicios por Jurados en 8 años y la experiencia es satisfactoria".

¿Cuánto tiempo insume ser jurado?

"Una vez que alguien es designado, está sometido en el proceso y no se retira a su casa hasta que no hubo veredicto. Al llegar se le retira el celular, no hay televisión ni contacto con el exterior. Se interiorizan, se desarrolla y hasta que haya unanimidad se continúa. El Juicio por Jurado se puede desarrollar en los Tribunales de Paraná o donde se haya cometido el delito en cuestión. Si se cometiera un delito con estas características en Crespo, se puede constituir fuera de la sede de Tribunales, como ser se puede solicitar el préstamo de las instalaciones del HCD. O sea, es viable que se realice en la misma localidad o lugar de incumbencia donde se perpetró el delito grave".

¿Hay que justificar el voto al determinar inocencia o culpabilidad? 

"Quienes son convocados no deben justificar la decisión. Cabe resaltar que la decisión es en forma unánime. Es un veredicto que conllevará el debate y la deliberación de los ciudadanos participantes".

¿El veredicto del Juicio por Jurado es vinculante?

"El juez está obligado a aceptar lo que decide el pueblo. Se respeta plenamente la participación ciudadana de la que tanto habla nuestra Constitución Nacional y Provincial", comentó el presidente del CAER.

¿Se puede apelar el veredicto del Juicio por Jurado?

"En general, nos entusiasma conocer que no hay revisión en los antecedentes en otras provincias. No obstante y en concreto, la decisión finaliza en esa etapa de deliberación. No hay apelaciones. Sólo se puede presentar un recurso por alguna voz o voto de alguno de los jurados, si se entiende que ha sido manipulada su decisión", dijo Canavesio.

Concientización

"Este instituto se estaría ya implementando en el 2019. Mientras tanto, estaremos difundiendo furtemente el mecanismo, y en ese plan de acercarle información a la gente, se ha decidido brindar una obra de teatro que consiste en mostrar y recrear cómo se desarrolla el Juicio por Jurado, basado en una situación concreta. Estamos discutiendo las localidades donde se presentará, por cuestiones de distancia probablemente en el Departamento sea entre Viale o María Grande, se está discutiendo cuál va a ser la sede", anticipó Alejandro Canavesio.

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