Aprobaron multas millonarias para responsables de fiestas clandestinas

Paraná 04 de junio de 2021
Alcanzan a los responsables de organizar, prestar servicios y concurrir a fiestas privadas, clandestinas, bailes o cualquier tipo de espectáculos de características similares que se realicen en inmuebles no habilitados al efecto.
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El jueves 3 de junio, el Concejo Deliberante aprobó por mayoría la ordenanza que sanciona con multas que oscilan entre los 270.000 y los 2.231.000 a quienes realicen fiestas clandestinas o privadas durante la pandemia del Covid-19, en Paraná.

Las disposiciones de la norma impulsada por los concejales del Frente Justicialista Creer incluyen a quienes violen las restricciones dispuestas por los poderes Ejecutivo Nacional, Provincial y Municipal, en lo que respecta a la reunión de personas.

Las sanciones previstas alcanzan a los responsables de organizar, prestar servicios y concurrir a fiestas privadas, clandestinas, bailes o cualquier tipo de espectáculos de características similares, que se realicen en inmuebles no habilitados al efecto, ya sea al aire libre o en espacios cerrados, sin autorización municipal previa y que pongan en riesgo la salud pública.

Serán consideradas “fiestas clandestinas” aquellas reuniones que se realicen al aire libre o en ambientes cerrados y sean contrarias a las disposiciones vigentes.

Al referirse a la ordenanza aprobada, la viceintendenta Andrea Zoff y presidenta del cuerpo afirmó que la misma «busca disuadir a la población en cuanto a la realización de fiestas o reuniones clandestinas, y así proteger la salud de los paranaenses”.

Y destacó que el dinero producto de la aplicación de las sanciones económicas «será destinado para la compra de equipamiento médico e insumos para la prevención y asistencia sanitaria; como también para el Fondo de Emergencia Económica que ha dispuesto el Gobierno Municipal y que consiste en una línea de créditos a tasa cero dirigido a empresas o trabajadores independientes impedidos de ejercer plenamente la actividad debido a la pandemia”.

En este marco, la norma prevé que quienes sean sancionados quedarán excluidos del listado de proveedores de la Municipalidad de Paraná, siendo el juez de Faltas quien tendrá la facultad de evaluar la participación que tuvo cada persona en la realización de este tipo de eventos.

Además, contempla un incremento de la sanción en un 30 por ciento en aquellos casos en que la infracción «sea cometida por funcionaria o funcionario público, cualquiera sea su rango o jerarquía».

Por último, el organismo a cargo de la constatación de las infracciones será la Dirección General de Habilitaciones, dependiente de la Secretaría Legal y Administrativa Municipal; en tanto que serán competentes para el juzgamiento de las mismas los Juzgados de Faltas de la ciudad de Paraná.

ESPÍRITU. La concejala Luisina Minni, una de las impulsoras de la iniciativa, sostuvo que “el espíritu del proyecto no es castigar a nadie, sino más bien desalentar las reuniones sociales y fiestas clandestinas” y agregó que “se busca apelar a la responsabilidad individual”.

“Ojalá que las multas no tengan que aplicarse”, enfatizó la concejala, pero al mismo tiempo que resaltó que “es necesario que demos señales claras y contundentes sobre el rol del Estado y llamar a las vecinas y vecinos paranaenses a ser solidarios, porque quien incumple con las normas no solo está poniendo en jaque al sistema sanitario sino que atenta contra la posibilidad de que los comercios, los locales gastronómicos, las escuelas, los clubes y todos los rubros de la economía puedan trabajar con presencialidad”.

Oposición de Políticas para la República

Los concejales del bloque de Políticas para la República no acompañó la aprobación del proyecto de ordenanza que multa la realización de fiestas clandestinas por considerar que “es excesivo en cuanto a sus alcance respecto al tipo de reuniones, duración en el tiempo, ámbito de aplicación y da lugar a posibles arbitrariedades”.

Desde Políticas para la República sostiene que advierten que el proyecto en cuestión abarca a un sinnúmero de situaciones que estarían quedando comprendidas dentro de la violación a las restricciones impuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y que, en tal sentido, consideran que las imposiciones de las sanciones deberían estar circunscritas a aquellas situaciones que la norma pretende persuadir su concreción: encuentros o eventos organizados en forma clandestina (sin habilitación) donde no se adoptan las medidas de higiene y seguridad para la propagación del virus y concurren una gran cantidad de personas, siendo las características de “clandestinidad” y “masividad” los criterios preponderantes que deben primar para la imposición de las sanciones.

En relación a lo anterior, sostienen que la propuesta desde el bloque es trabajar en aquellos criterios que debería reunir un evento para considerarlo dentro del espectro “fiesta clandestina” de modo que cualquier otro evento o actividad que se extralimite de las restricciones del PEN, no queden alcanzados o comprendidos por la imposición de las sanciones que trae esta ordenanza.

En cuanto a la cuestión de las multas, afirmaron que resulta prima facie desproporcionada la imposición propuesta para todos los casos sin distinción.

El DIario

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