Se aprobó la afectación de inmuebles para el Programa Municipal 50 Terrenos Sociales

Crespo 30 de junio de 2022 Por Estación Plus Crespo
Con el voto unánime de los concejales, 31 lotes municipales fueron destinados a la construcción de viviendas. Los 19 restantes pertenecen a desadjudicaciones de otros planes. Elina Ruda dió detalles de la nueva instancia.
concejo

En el atardecer del miércoles, el Concejo Deliberante aprobó el proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, en lo que refiere a una diligencia preliminar para la puesta en marcha del programa que dará solución habitacional a un nuevo grupo de vecinos.

La concejal del Frente Crespo Nos Une, Elina Ruda, indicó a FM Estación Plus Crespo: "Aprobamos una ordenanza que inicia el proceso del Programa Municipal 50 Terrenos Sociales. Se definió la afectación de 31 terrenos, que son los nuevos que integrarán este proceso, con la posibilidad de destino de uso para viviendas sociales. Hay otros 19 terrenos que son recuperados, a través de la Comisión de Vivienda -integrada por el Ejecutivo y los dos bloques de concejales-. Desde hace varios años que se viene haciendo el seguimiento de cada situación de lote asignado y hay veces que se advierten imposibilidades de continuar, se producen circunstancias que generan la devolución del terreno, y producto del control del desarrollo del proceso constructivo de cada uno, es que se han reunido para nuevas asignaciones".

En cuanto a la distribución de los 31 lotes recientemente afectados, la edil comentó: "Están todos juntos, en una zona municipal. Son terrenos que originariamente estaban destinados como loteos para viviendas, con lo cual están en manzanas, ubicados uno arlado del otro. De todas maneras, en general están muy bien urbanizados, socializados, incluso de los 50, hay 5 que ya tienen asfalto".

"A partir de esta ordenanza, se cuenta con todas las herramientas para poder iniciar las inscripciones y lo que tiene que ver con el proceso para llegar a la adjudicación, que tienen un perfil de transparencia, buscando ser lo más justo posible", apuntó Ruda.

En la normativa se fijó el precio de venta del terreno municipal en seis mil ($6.000) pesos el metro cuadrado, adicionándole un diez por ciento (10%) a los terrenos ubicados sobre pavimento.

Características del Programa Municipal 50 Terrenos Sociales

La Ordenanza Nº 39/2022, aprobada en mayo, autoriza al Ejecutivo Municipal a desarrollar planes de viviendas y loteos de carácter social.

La normativa detalla que "Un grupo familiar podrá ser postulante de un solo lote o vivienda social" y aclara que "se entiende por grupo familiar aquel núcleo estable de personas convivientes, en el cual al menos dos de sus miembros están unidos entre sí en matrimonio o en concubinato; o por vínculos consanguíneos en línea ascendente o descendente”.

☑️ Para ser considerado postulante a la adjudicación de programas, un representante del grupo familiar interesado deberá; satisfacer la solicitud y documentación exigida. Dicha solicitud contendrá los datos fundamentales del solicitante y su grupo familiar, los que permitirán evaluar las situaciones previstas en el presente reglamento. Además de declarar expresamente que aceptará todas las condiciones del presente reglamento.

☑️ Mientras que el Artículo 8 hace referencia a que todo interesado deberá cumplimentar los siguientes requisitos:

a) Constituir un grupo familiar estable y permanente.

b) La edad de la persona que actúe en carácter de solicitante titular deberá ser mayor de 18 años. 

c) Residir en la localidad con una antigüedad mínima de 8 años, al menos uno de los cónyuges, acreditando dicha circunstancia con Documento Nacional de Identidad.

d) Poseer Documento Nacional de Identidad Argentino, al menos uno de los cónyuges.

e) Los ingresos económicos del grupo familiar deben estar entre 2 a 6 veces el valor establecido como Salario Mínimo Vital y Móvil por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

f) No haber sido ningún integrante del grupo familiar adjudicatario de vivienda o lote social o beneficiario de préstamo para la vivienda propia, otorgado por organismos nacionales, provinciales y/o municipales durante los últimos 10 años.

g) Los miembros del grupo familiar conviviente no deben ser propietarios o usufructuarios de inmuebles destinados a viviendas, o de inmuebles realizables cuyo valor de plaza le permita solucionar el problema habitacional, a excepción de aquellos que se acredite sean necesarios para la profesión, arte, oficio o actividad lucrativa del interesado en los cuales no esté permitido o sea imposible la construcción de la vivienda familiar.

h) No poseer bienes patrimoniales cuya razonable realización le posibilite resolver el problema habitacional por otra vía, la Comisión de Adjudicación y Seguimiento de Lotes y Viviendas Sociales determinará la cuantía.

i) No poseer procesos penales pendientes, en especial los relacionados con delitos contra la propiedad, ni estar inhabilitado o inhibido de sus bienes, haber sido cesanteado o exonerado del estado municipal, provincial o nacional.

j) No haber sido excluido de otros planes Municipales o haber perdido una adjudicación anterior por causas imputables al peticionante que tenga como origen el incumplimiento de las obligaciones emergentes de la misma.

k) No ser deudor del Registro Alimentario.

☑️ La Dirección de Desarrollo Humano o la que lo reemplace en su futuro, procederá a realizar una convocatoria pública por los medios pertinentes; con debida antelación a cada sorteo de lotes o viviendas cuando se dispusiera.

Este registro será público y deberá garantizar el acceso a la información veraz a los adjudicatarios; lo que será reglamentado en cada oportunidad por el DEM.

La inscripción se realizará de manera online; a través de la página de la Municipalidad de Crespo.

☑️ La selección de los adjudicatarios y la identificación de las fraccciones de terreno y/o viviendas que correspondan a cada beneficiario se efectuará por sorteo público entre los grupos postulantes inscriptos e incluidos en el listado aprobado. El acto de sorteo será convocado públicamente por la Comisión de Adjudicación y Seguimiento de Lotes y Viviendas Sociales con indicación de fecha, hora y lugar y notificando a los interesados con una anticipación no menor a 3 días hábiles.

planoEvaluarán qué espacios compondrán el "Programa Municipal 50 Terrenos Sociales"

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