El CGE implementa sumarios "electrónicos": de qué se trata

Entre Rios 16 de marzo de 2024
Desde este mes, el Consejo General de Educación puso en vigencia un nuevo reglamento de sumarios administrativos a los docentes y en plan de "despapelización", incorporó herramientas electrónicas de comunicación, notificación y de declaración de testigos a través de soportes digitales.
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En los fundamentos de la medida, el organismo que preside Alicia Fregonese entiende que «el uso de estas herramientas contribuiría a evitar la dilación en los trámites sumariales, ya que es frecuente que se soliciten prórrogas de audiencias y se produzca el corrimiento de fechas para la toma de declaraciones, lo que provoca que los instructores sumariantes tengan que viajar varias oportunidades por el territorio de la Provincia para poder concretarlas», y que «a partir de la vigencia del presente reglamento, será obligatoria su aplicación para los sumarios e informaciones sumarias, por estrictas razones de economía procesal».

De ese modo, ahora habrá «domicilio electrónico» que será a «aquel dominio de correo electrónico constituido para el envío, entrega y/o recepción de comunicaciones que se efectúen durante la tramitación del proceso»; también, «notificaciones electrónicas, aquellos actos procesales mediante los cuales se pone en conocimiento, a través de las tecnologías de la información y comunicación (TIC’s), de las resoluciones y demás actos dictados en el proceso sumarial, en el domicilio electrónico denunciado»; además, incorpora «comunicaciones electrónicas, las que realice la instrucción sumarial desde su despacho en el organismo o
donde se halle constituido hacia los demás organismos públicos o privados»; las «audiencias electrónicas, a todas aquellas audiencias que sean celebradas a través de las tecnologías de la información y comunicación (TIC’s)»; los «servicios de videoconferencia las aplicaciones informáticas que permiten a un grupo de dos o más personas ubicadas en lugares distantes llevar a cabo reuniones como si estuvieran en la misma ubicación física frente a frente»; el «documento electrónico, a todo documento de soporte digital, que contiene información generada, enviada, recibida y almacenada por medios informáticos»; y finalmente la firma digital.

La resolución del CGE que da lugar al «sumario electrónico» aclara que la utilización del «presente reglamento no dispensará a la instrucción sumarial de tener que generar el expediente papel. Toda notificación, comunicación, presentación o informe que se efectúe deberá estar debidamente foliada, consignándose lugar, fecha, hora, y dominio de correo electrónico desde el cual hubiere sido remitida». Y además fija que el nuevo reglamento «será de aplicación obligatoria para todos los sumarios que fueren instruidos con posterioridad a su entrada en vigencia, así como para aquellos que se encuentren en trámite. Corresponde emplear un criterio flexible a la hora de evaluar los conflictos que pudieran suscitarse con motivo de la aplicación del presente reglamento, evitando cualquier exceso de rigor ritual», publicó Entre Ríos Ahora.

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