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Una enfermera del Hospital Centenario, de Gualeguaychú, quedó envuelta en medio de una denuncia grave, rodeado de un marco espeluznante: se la acusa de haber suministrado una sustancia tóxica a una paciente lo que produjo su muerte.
Policiales/Judiciales03 de mayo de 2024A través del decreto Nº 697, del 25 de marzo último, el Ministerio de Salud dispuso iniciar un sumario administrativo a la enfermera NAZ “por estar presuntamente su conducta incursa en causales de exoneración”.
Las autoridades del Hospital Centenario efectuaron la denuncia penal por el hecho denunciado y que habría ocurrido el 8 de noviembre de 2023 cuando “habría dado supuestamente muerte a una paciente llamada G.M.S., a través del presunto suministro de alguna sustancia tóxica que le habría producido el deceso”.
Todo se inició a partir del relato de otra enfermera SAR, quien dijo que NAZ “habría dado supuestamente muerte a una paciente de nombre G.M.S., a través del presunto suministro de alguna sustancia tóxica que le habría producido el deceso y que esta describe concreta y claramente” como que le habría suministrado “cloruro de potasio”.
“En efecto”, dice el decreto de Salud, en la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital Centenario “habría quedado a cargo la enfermera NAZ con el cometido de llevar una gaza mojada para humedecer los labios y la lengua de la paciente internada G.M.S., que se encontraba `traqueostomizada`, y quien tenía sed, pero por el entubamiento no podía tomar agua”.
El relato de la denunciante –“concreto y claro”, refiere el decreto que ordena el sumario- señala que: “Me retiro de la habitación, me lavo las manos y NAZ queda en encargarse de llevar las gasas con agua a la paciente G.M.S., me dirijo a buscar máscara de reservorio para otro paciente y es allí donde observo la siguiente situación quedando atónita: NAZ carga 4 jeringas de 20 ml. de cloruro de potasio y gasas con agua, se dirige a la habitación de la paciente G.M.S. y suministra las jeringas cargadas con cloruro de potasio en bolo por el AVC, lo cual produce automáticamente un PCR, se llama al doctor de guardia (Colina, Víctor), se realizan maniobras avanzadas de RCP sin respuesta, la señora G.M.S. fallece a las 11:10 am aproximadamente”.
Ante el hecho denunciado, la enfermera “fue desafectada del Servicio de Pediatría donde cumplía funciones y se la afectó a un lugar que no requiera el suministro de medicamentos a pacientes (consultorios externos)”.
La investigación interna de Salud detalla que si bien se realizó la denuncia penal ante el Ministerio Público Fiscal, de momento “no se observa que se haya tipificado presuntamente algún delito”, pero añade que “es muy clara la denuncia realizada” por la otra enfermera, “quien habría presenciado lo acontecido, por lo que se deberá determinar los hechos tal cual se denunciaron, y si la mezcla supuestamente suministrada por NAZ a la paciente fue idónea o apta para producir la muerte de la paciente, lo que constituye de por sí un hecho gravísimo en el ámbito de un hospital público”.
La directiva del Hospital Centenario dispuso que NAZ desempeñe su tarea “sin tener que medicar o suministrar medicamentos a ningún paciente (consultorios externos), en principio, no debería existir tensión a derechos laborales alguno de la denunciada, ni peligro para los pacientes o personal del hospital”.
El decreto señala que “de comprobarse la denuncia lesiona gravemente el interés público sanitario y pone a la denunciada en una situación delicada frente al poder disciplinario de la Administración y a los valores que animan la profesión de enfermería; y para el caso que ésta – de forma dolosa o culposa – le haya suministrado un producto tóxico a la paciente y que en virtud de dicha práctica le hubiera causado la muerte, lo que decantó en medidas administrativas y judiciales contra la agente NAZ (que no habrían sido cuestionadas por ésta), corresponde iniciarle de forma urgente un sumario administrativo para determinar responsabilidades, por estar presuntamente su conducta incursa en causales de exoneración”.
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