
ARCA investigará transferencias de monotributistas: cuál es el límite

ARCA anunció que desplegará un operativo especial para detectar movimientos financieros que no cierren con lo declarado oficialmente. El objetivo de la entidad es evitar el uso indebido del monotributo como herramienta de evasión de impuestos. Si se detectan inconsistencias fiscales, el organismo tiene la facultad de recategorizar de oficio al contribuyente.
Este tipo de maniobras indebidas afecta a la recaudación fiscal así como la equidad del sistema impositivo, ya que los contribuyentes que se encuentran a regla, terminan compitiendo en desigualdad de condiciones.
El organismo analizará datos externos que puedan evidenciar ingresos superiores a los permitidos por el régimen tributario. Entre las principales fuentes de información que se cruzarán se tendrá en cuenta: la base de datos la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero, reportes bancarios y empresas de servicios.
Para abordar esta problemática, ARCA anunció un operativo especial destinado a identificar movimientos financieros inconsistentes con lo declarado oficialmente, reforzando el control sobre el cumplimiento tributario.
Según indicaron desde la entidad, el control se centra en aquellas cuentas de monotributistas que presenten ingresos o gastos atípicos, superiores a lo que corresponde según la categoría de monotributo declarada.
La revisión incluirá tanto transacciones bancarias como declaraciones juradas y emisión de comprobantes, asegurando que estén correctamente registradas ante la ex Afip.
¿Cuáles son los documentos que ARCA considera como “revisables”?
Entre los documentos que ARCA considera como revisables se encuentran: facturas emitidas, recibos de honorarios, boletos de compraventa de inmuebles o vehículos, comprobantes de préstamos declarados o certificaciones contables.
La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero implementará un seguimiento sobre aquellas transferencias de sumas elevadas de dinero, cuyo origen no sea confiable, y solicitará un pedido de información adicional.
Los montos máximos permitidos sin necesidad de justificación alguna son:
- Transferencias y acreditaciones: hasta $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para empresas.
- Extracciones en efectivo: límite de $ 10.000.000.
- Saldos bancarios mensuales: hasta $ 50.000.000 para particulares y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Plazos fijos: máximo de $ 100.000.000 para individuos y $ 30.000.000 para empresas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $ 100.000.000 por persona.
- Compras como consumidor final: operaciones de hasta $ 10.000.000 sin justificar.
- Pagos de cualquier tipo: tope de $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
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