Ordenaron la restitución del campo a los hermanos Etchevehere

Entre Rios 29 de octubre de 2020
La jueza del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná lo resolvió durante la mañana de hoy al desestimar el planteo de Dolores Etchevehere
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La jueza Maria Carolina Castagno ordenó hoy la restitución del campo a los hermanos varones Etchevehere, el cual está tomado por su hermana Dolores y militantes que responden al dirigente social Juan Grabois.
 
Lo hizo al revocar un fallo de primera instancia y por pedido de la fiscalía y los tres hermanos varones Etchevehere.

“Del examen de la documental agregada, no quedan dudas que la Sra. Dolores Etchevehere es heredera de la familia así como también que el campo controvertido es propiedad de Las Margaritas S.A. y que a la fecha Dolores Etchevehere no es accionista de la sociedad anónima, propietaria del campo ´Casa Nueva´”, destaco la Jueza Castagno.

Al respecto agregó que en el acuerdo privado de 2018 “se cedieron las acciones” por lo que consideró que “incurre el Juez en una arbitrariedad al no analizar prueba presentada por la querella”.

Asimismo también declaró la “arbitrariedad del juez” Flores al declarar la nulidad de la cesión y “reflotar las asambleas societarias anteriores”, dejando en descubierto “la seria arbitrariedad en que incurre”, destacando la existencia de “prestamos de dinero en dólares” en momentos de la cesión de acciones que “otorga razón a la querella”.

En el caso las partes acusadora “pública y privada aseguraron que personas indeterminadas ingresaron junto a Dolores al inmueble” y en este sentido dió razón a los apelantes, “donde se configura además un abuso de confianza de la Sra. Dolores Etchevehere” y agregó que “no es un dato menor que haya ingresado al inmueble con un grupo de personas extrañas a la familia y a la actividad productiva, invocando pertenecer a un proyecto para trabajar la tierra”.  

“A todo esto se suman las acciones de coacciones y amenazas efectuadas por personas del grupo, lo cual da cuenta de la violencia desplegada y efectuada a espaldas de los legítimos tenedores, sobre todo con personas extrañas e incluso de otras provincias en el marco de pandemia”, señaló la jueza.

“Esto no implica que la Sra. Dolores Etchevere reclame su legitimidad de heredera sino que en la situación planteada se acredita una acción de ilicitud que se configura como delito penal”, destaco Castagno.

Los hechos analizados

Los recurrentes básicamente invocaron arbitrariedad de la sentencia del Juez Flores y se agraviaron presentando apelación a la resolución y solicitando la inmediata devolución del inmueble. Por su parte la defensa solicitó lo contrario y destacó que no se ha probado el delito de usurpación ya que la Sra. Dolores Etchevehere es heredera de la familia.

Con estos postulados de ambas partes, la magistrada, una vez definidas las exigencias procesales para las medidas cautelares y citar jurisprudencia de la Corte Suprema, en relación a la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, así como citar doctrina argentina al respecto, dio a conocer su decisión al respecto destacando que con base en la racionalidad del juicio negativo en que fundó su decisión del juez de primera instancia se abrió la posibilidad de apelación y se declaró competente la medida incoada.

Posteriormente analizó la decisión judicial del Juez Flores, el modo en que consideró heredera a Dolores Etchevehere y de allí derivó la situación de la falta de inventario del campo controvertido y, en segundo término, por no haberse efectuado aún la partición todos los hermanos son propietarios condóminos.

Respecto a la documental analizada por la Jueza, se desprende que el titular del campo “Casa Nueva” es la empresa “Las Margaritas” cuya presidenta es Leonor Marcial. Posteriormente analizó la declaración de herederos de los hermanos donde se incluye a Dolores. Así continuó analizando la documental presentada en relación a la situación de los accionistas de Las Margaritas S.A. y los distintos elementos societarios y civiles que componen el reclamo entre hermanos.

Posteriormente citó la existencia de un acuerdo privado de automóviiles y semovientes por el cual Dolores recibió dólares y distintas fracciones rurales, entre ellas la de Casa Nueva, lo que corresponde a una parte del campo controvertido y una cesión de acciones, todo refrendado por asamblea societaria en 2018.

También analizó el resto de la prueba documental que conforman el legajo analizado en apelación y distintas denuncias anteriores que derivaron en otras acciones judiciales iniciadas y desestimadas, en ese período de tiempo estimado entre 2017 y 2018, publicó APF Digital.

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