google_preferred_source_badge_dark_ESPlus en Vivo

La ANMAT prohibió la fabricación y venta de un aceite de girasol

La medida es por falta de registros del establecimiento en el que se lo elabora, del producto y por estar falsamente rotulado.
Información General01 de marzo de 2021Estación Plus CrespoEstación Plus Crespo
google
65633242-3d-ilustraci%C3%B3n-del-grupo-de-cinco-botellas-de-pl%C3%A1stico-con-aceite-refinado-de-coc

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de girasol, según se publicó este lunes en el Boletín Oficial.
 
Mediante la disposición 1532/2021, la entidad informó que retiró del mercado el producto “Aceite de Girasol, marca Ybarra, RNPA 02-146234 elaborado por RNE 02-0007188”, por carecer de registros de establecimiento y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegal.

"Las actuaciones se iniciaron a raíz de que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) informó las acciones realizadas derivadas de un programa de monitoreo en relación a la comercialización del producto que no cumple la normativa alimentaria vigente”, señaló la entidad.

Se determina entonces que “el producto se halla en infracción por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

Ante ello, y “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado,no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República” y que “en atención a las circunstancias detalladas”.

En tanto, a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también de todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el registro de RNE mencionado.

Te puede interesar
Más visto hoy en Estación Plus
WhatsApp Image 2026-09-07 at 09.39.24

Bomberos Voluntarios lanzaron la campaña "Ayudanos a hacer historia"

Estación Plus Crespo
Crespo07 de septiembre de 2026
El objetivo de la Asociación Bomberos Voluntarios "Centenario de Crespo" es reunir el dinero faltante para la compra plena del camión autobomba con escalera, que permite sofocar y rescatar, a más de 30 metros de altura. Su bomba es capaz de entregar hasta 7.600 litros por minuto. ¿Cómo colaborar? 

mensaje

Próximos días en Crespo

Plus facebook

Ingresá tu E-Mail y recibí diariamente las noticias de Estación Plus Crespo