
La Justicia admite un Amparo Ambiental contra las canteras de broza de la zona de Costa Grande

Recientemente, el juez de Feria de Diamante, Mariano Ludueño, resolvió iniciar un proceso colectivo en el marco del legajo “Chemez, María José y García Elorrio Luz c/Transvic S.A, Sucesión de Abelardo Gustavo Farral y Secretaría de Ambiente de la Provincia s/Acción de amparo (Ambiental)”.
Además. dispuso librar mandamiento a la Sucesión de Abelardo Pedro Roskofp, a la firma Transvic S.A, a Alberto Gustavo Farral y al Superior Gobierno de Entre Ríos-Secretaría de Ambiente de la Provincia de Entre Ríos para que en plazo de 7 días corridos (…), informen sobre la exactitud de los hechos que motivan la demanda, dando en su caso las razones pertinentes.
María José Chemez y Luz García Elorrio promovieron un amparo ambiental contra Sucesión de Abelardo Pedro Roskopf, también contra la firma Transvic SA y Alberto Gustavo Farall “a fin que se ordene el cese inmediato de la actividad extractiva de suelo calcáreo, el cierre de las canteras que funcionan ilegalmente sin autorización ni registro y la implementación de las medidas de reparación y remediación del daño ambiental de las explotaciones ya cerradas, en toda la zona de Costa Grande en la localidad de Diamante”.
“Esta actividad extractiva –dice la presentación hecha con el patrocinio de la abogada María Aldana Sasia- la padecemos desde hace ya más de dos años, lo que ha significado un daño constante en el ejercicio de derechos fundamentales como la vida, la salud y al medio ambiente sano, por el funcionamiento de estas canteras ilegales de extracción de suelo calcáreo que funcionan en Costa Grande (Diamante) y que provocan la continua contaminación global del ambiente en el que habitamos, con consecuencias perniciosas para la salud de quienes lo padecen”, replicó Entre Ríos Ahora.
Apertura de un proceso colectivo
Desde la justicia entrerriana se hizo saber a FM Estación Plus Crespo que "el proceso colectivo quedó registrado".
Se destacó que "se dispuso librar mandamiento a la Sucesión de Abelardo Pedro Roskofp, a la firma Transvic S.A, a Alberto Gustavo Farral y al Superior Gobierno de Entre Ríos-Secretaría de Ambiente de la Provincia de Entre Ríos para que en plazo de siete (7) días corridos (arts 9, 19 y 74 ley 8369, mod ley 10.704), informen sobre la exactitud de los hechos que motivan la demanda, dando en su caso las razones pertinentes".
El informe y documental pertinente deberán ser remitidos mediante "módulo de subida electrónica de escritos" debiendo solicitar la vinculación al proceso al correo electrónico oficial del organismo.


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