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Nacionales15 de diciembre de 2025La medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2026.
Se incorpora la versión digital como documento principal, se eliminan trámites presenciales y se flexibilizan los requisitos para los conductores profesionales. Además, desaparecerá la exigencia de renovar la licencia al cambiar el domicilio
Nacionales18 de marzo de 2025
El Decreto 196/2025, publicado en el Boletín Oficial, introduce cambios en la Licencia Nacional de Conducir, tanto en su formato como en su tramitación. Las modificaciones afectan a conductores particulares y profesionales y buscan simplificar los procedimientos administrativos.
Uno de los cambios principales es que la licencia de conducir tendrá formato digital y queda únicamente como opcional la cédula física tradicional. Los conductores podrán solicitar la versión física si la necesitan, por ejemplo, para viajes al exterior.
En el caso de las licencias profesionales, queda eliminada la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y desaparece la obligación de renovar el documento en caso de cambio de domicilio.
El decreto establece modificaciones en dos aspectos fundamentales:
A continuación, un detalle de cada una de estas modificaciones y su impacto en los conductores.

A partir de la nueva normativa, la Licencia Nacional de Conducir tendrá un formato digital, que será válido en todo el país y se podrá exhibir desde la aplicación Mi Argentina.
Sobre este punto, Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, explicó en la red social X que la renovación se hará de manera remota, sin necesidad de acudir a una oficina estatal.
“El decreto establece que la licencia podrá renovarse enviando de manera remota la constancia de aptitud física otorgada por profesionales registrados, tal cual es en los EE.UU. y otros países”, indicó.

Otro de los cambios relevantes es que ya no será obligatorio renovar la licencia particular en caso de cambio de domicilio. Si bien el decreto publicado este martes no lo especifica, en el lapso de los próximos 60 días se reglamentará esta modificación, que es parte esencial de la transformación que se está aplicando.
Según explicó Sturzenegger, esta modificación simplifica el trámite y evita costos innecesarios para los conductores.
Las licencias profesionales, en cambio, no requieren renovación ante un cambio de domicilio.
A diferencia del sistema anterior, en el que los conductores debían presentarse físicamente en un centro de emisión de licencias para realizar la renovación, ahora el proceso podrá completarse de manera digital y remota con la actualización únicamente de las condiciones psicofísicas.
Desde el Gobierno indicaron que este sistema agilizará el proceso y permitirá que haya competencia entre los centros médicos, ya que no habrá un canon fijo para la certificación psicofísica.

El decreto también modifica las reglas para la licencia profesional, que habilita a los conductores de transporte de cargas y pasajeros.
Según Sturzenegger, esta medida “borra una importante carga para el sector de transporte de cargas”.
Para tramitar la Licencia Nacional de Conducir por primera vez se puede iniciar el trámite vía online, pero luego se debe concurrir al Centro Emisor de Licencias correspondiente para realizar los exámenes de idoneidad.
La otra novedad se aplica sobre la decisión de eliminar la renovación de la primera licencia, que hasta ahora debía suceder al cumplirse el primer año desde su otorgamiento.
Con la nueva normativa, este requisito desaparece, pero si un conductor comete infracciones graves durante los primeros dos años, deberá rendir nuevamente el examen para conservar su licencia.

Si bien el Decreto 196/2025 ya está en vigencia, hay algunos aspectos que todavía dependen de la adhesión de las provincias y municipios.
Desde el Gobierno indicaron que estas modificaciones buscan simplificar los trámites y reducir costos para los ciudadanos. Sin embargo, la transición dependerá de cómo las provincias y municipios adopten las nuevas reglas, aunque, teniendo en cuenta la simplificación y la unificación de criterios que ya existe hoy en día, se descuenta que la medida tendrá adhesión generalizada.
Infobae

La medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2026.

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