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Municipio otorgó el beneficio de Tasa Social al 91% de los contribuyentes que la requirieron

Tras evaluarse 204 solicitudes, el Concejo Deliberante aprobó la nómina de otorgamientos y rechazos, a la posibilidad de obtener el 80% de exención de la Tasa General Inmobiliaria 2026. Fechas de pago.
Crespo15 de julio de 2026Estación Plus CrespoEstación Plus Crespo


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TGI

Por estos días, un buen número de hogares de Crespo están recibiendo una notificación municipal, mediante la cual se les informa si le ha sido concedida o denegada la Tasa Social solicitada.

Se trata de un beneficio que establece una exención del 80% de la Tasa General Inmobiliaria. Previo a la emisión de boletas de cada año, al aprobarse la Ordenanza que actualiza los valores parámetros para el cobro, se definen los requisitos que debe reunir un titular y su grupo familiar para acceder a esta posibilidad.

Los concejales aprobaron por unanimidad, el proyecto girado por el Departamento Ejecutivo Municipal, consistente en la nómina de contribuyentes alcanzados y excluidos del beneficio para este año. Se confirmó a FM Estación Plus Crespo que 185 pedidos obtuvieron resolución favorable, mientras que 19 fueron rechazados, por no cumplir los parámetros que encuadran la modalidad.

Cabe consignar, que la cantidad de peticiones promedia el nivel de los últimos años, dado que para la Tasa Social del 2024 hubo 225 requerimientos, para la del 2025 se registraron 196 solicitudes y en este 2026, fueron 204 los interesados en esta posibilidad. 

A partir de la notificación del otorgamiento, los contribuyentes que pasan al régimen de Tasa Social 2026, podrán abonar su boleta (el 20% del monto que correspondería) en las modalidades de Pago Anual, Pago en Tercios o Pago en Bimestres.

Vencimientos

- Pago Anual (de contado): Con 10% de descuento, sin recargos ni intereses por el tiempo
transcurrido, cuyo vencimiento operará el día 10 de septiembre de 2026.
- Pago en Tercios / Pago en Bimestres: cuotas cuyos vencimientos serán a partir del 10 de
septiembre de 2026.

Para quiénes está destinada la Tasa Social Inmobiliaria

Los requisitos fueron: que el monto máximo del ingreso del grupo familiar de jubilados y pensionados no supere el monto de dos (2) jubilaciones mínimas nacionales al 31 de diciembre de 2025. Que sean titulares de única propiedad y que no se encuentren en usufructo. Además, se contemplan otras situaciones que pueden ser entendidas como vulnerabilidad social, para lo cual Desarrollo Social realiza visitas y confecciona informes técnicos.

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