Concurso de Acreedores: La Justicia homologó la propuesta de pago presentada por Flecha Bus

Judiciales 09 de julio de 2022
El magistrado competente de Concepción del Uruguay, dio acogida favorable a la mejora de oferta que presentó la empresa de ómnibus, para las diferentes categorías de acreedores.
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El juez Máximo Agustín Mir resolvió “homologar el acuerdo preventivo formalizado por DERUDDER HERMANOS SRL para la categoría de acreedores quirografarios, con privilegio general de causa no laboral, quirografarios de origen laboral y quirografarios en moneda extranjera”.

Este jueves, el magistrado dio acogida favorable a la mejora de oferta que presentó la empresa Flecha Bus para las diferentes categorías de acreedores. Por ejemplo, para una de esas categorías ofreció “una mejora que consiste en pagar el 100% del monto de los créditos, en lugar del 60%; en un plazo de dos años y medio, en lugar de seis años; en cuatro pagos semestrales, en lugar de cinco anuales; y que en dicho plazo el saldo devengue el 100% de la tasa de interés pasiva del BNA desde el 21 de junio de 2022, en lugar del 70% de la tasa de interés del BNA desde que quede firme la sentencia homologatoria”.

El juez Mir entendió que “en esta nueva propuesta la concursada -que al igual que sus acreedores debió afrontar las dificultades económicas y financieras de una situación sin precedente, como fue la pandemia COVID 19- hace desaparecer los indicios de abusividad y que del análisis de la totalidad de tramitación del presente proceso, la propuesta resulta favorable para los acreedores y sustentable para el funcionamiento de la empresa”.

A la Categoría A de “Acreedores Quirografarios” y D “Acreedores con Privilegio General de Causa no Laboral” -en general- Derudder se compromete a abonar el 100% de los créditos correspondiente a las categorías de acreedores quirografarios -común- y el 100% de los créditos correspondiente acreedores con privilegio general de causa no laboral -en general-, en 4 (cuatro) cuotas semestrales -cada una del 25%-, con vencimiento la primera de ellas el día 31 de enero de 2023, la segunda cuota el día 31 de julio de 2023, la tercera cuota el día 31 de enero de 2024 y la cuarta cuota el día 31 de julio de 2024.

A la Categoría B "Acreedores Quirografarios Laborales" propuso pagarle el 100% de los créditos correspondientes a la categoría de acreedores quirografarios laborales, en 2 (dos) cuotas semestrales -cada una del 50%-, con vencimiento la primera de ellas el día 31 de enero de 2023 y la segunda el 31 de julio de 2023.

A la Categoría C) "Acreedores Quirografarios en Moneda Extranjera" Flecha Bus mantuvo los términos de la propuesta, es decir, que “sus créditos serán convertidos definitivamente a moneda de curso legal al valor que la divisa tenía al día 31 de julio de 2019 -fecha de la sentencia de verificación-, y a dicho importe pesificado se le aplicará una quita del 40%, ofreciendo pagar el 60% en un plazo de 5 años con 1 año de gracia, computados a partir de la homologación firme del acuerdo. Los pagos se efectuarán en 5 cuotas anuales, iguales y consecutivas. El saldo del capital adeudado devengará, computado desde el día de la homologación firme del acuerdo, un interés equivalente al 70% de la tasa pasiva aplicada por el BNA para operaciones de plazo fijo a 30 días. Los intereses se pagarán semestralmente, sin plazo de gracia, los días 15 de agosto y 15 de febrero de cada año correspondiente, junto con el pago de la última cuota de capital, se liquidarán y pagarán también los intereses devengados pendientes”.

El magistrado dispuso que “la concursada continuará, en la etapa de cumplimiento, con la administración por sus órganos naturales”, a la par que la obliga a “presentar en forma trimestral, en el Juzgado y al órgano de Control -Comité Definitivo de Control- un informe técnico que contenga la información sobre: 1) Flujo de efectivo, 2) ingresos y egresos del período, 3) listado actualizado de acreedores -posconcursales-, 4) acreditación del cumplimiento de las obligaciones previsionales y fiscales, 5) acreditación del pago del impuesto automotor y del ingreso de retenciones/percepciones efectuadas, 6) información sobre variaciones patrimoniales relevantes, el que será suscripto por Contador Público matriculado, quedando a disposición de todos los interesados, pudiéndose ampliar si así se requiriese”.

En los considerandos, el juez Mir trajo a colación que la concursada, DERUDDER HERMANOS SRL, había contextualizado su ofrecimiento “argumentando que era el mejor esfuerzo que podía hacer y que, un ofrecimiento mayor, significaría una irresponsabilidad por parte de los administradores”. En el mismo sentido, la firma había dicho que “es sabido que la quiebra de una empresa agrava los perjuicios a quienes alcanzan los efectos de la insolvencia patrimonial, debiendo velarse por "su conservación" a fin de evitar graves daños”. Y para sostener estos argumentos Flecha Bus había presentado “un análisis del flujo fondos utilizando una inflación estimada, con la renovación de 35 unidades por año, que es la cantidad mínima de unidades para seguir siendo competitivo en el mercado”.

También la empresa nacida en Colón fundaba su oferta en la necesidad de evitar la quiebra. En caso de quiebra -advierte Flecha Bus- “las posibilidades de cobro de los acreedores se verá reducida enormemente (y diluidas en el tiempo), pues se sumaría el pasivo laboral contingente que podría estimarse en la suma de $2.600.000.0000 (dos mil seiscientos millones de pesos) y destaca que la empresa cuenta actualmente con 53 unidades modelo 2009, cuya vida útil termina sin posibilidades de prórroga a fin de este año, siendo obligatorio reponer al menos la mitad de ellas” (El Entre Ríos).

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