La AFIP intimó a 9.800 contribuyentes de alto poder adquisitivo con vehículos sin declarar

Economía 23 de febrero de 2023
El cruce con la base de datos de la Dirección Nacional de la Propiedad Automotor permitió detectar inconsistencias en las declaraciones juradas de Bienes Personales 2020 y 2021
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intimó a casi 10.000 titulares de vehículos de alta gama que no presentaron las declaraciones juradas de Bienes Personales correspondientes a 2020 y 2021. Se estima que el monto omitido superaría los $361 millones en concepto de impuesto determinado, más multas e intereses.

A partir de las inconsistencias detectadas, el organismo conducido por Carlos Castagneto procedió a notificar a los presuntos evasores mediante fiscalizaciones electrónicas para que incorporen a su patrimonio los vehículos no declarados. 

Con el foco puesto en la recaudación, AFIP implementó nuevas formas de control que comprenden el uso de herramientas de inteligencia y el cruce de base de datos pertenecientes a distintos organismos públicos. En este caso, la información surgió de un informe provisto por la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA).

Luego del análisis, las áreas especializadas de la AFIP advirtieron que 9.800 contribuyentes de alto poder adquisitivo no habían presentado las declaraciones juradas del Impuesto a los Bienes Personales.

A través de un comunicado, aseguraron que el organismo “logró identificar un gran número de ciudadanos con inconsistencias fiscales a un bajo costo operativo” y remarcaron que “la AFIP continuará con estas acciones con el objetivo de lograr una mayor equidad tributaria”.

¿Qué es el Impuesto sobre los Bienes Personales?

Es un impuesto que se determina en función del patrimonio que posee el contribuyente al 31 de diciembre de cada año, tanto personas humanas como las sucesiones indivisas.

Si la valuación total del patrimonio para cada período fiscal supera el monto mínimo establecido a partir del cual se aplica el impuesto, el contribuyente deberá darse de alta y presentar una declaración jurada donde se determinará el importe a ingresar.

Esta suma surgirá de aplicar una alícuota al monto de la valuación del patrimonio que exceda el mínimo mencionado anteriormente, en base a la escala publicada anualmente por AFIP.

El mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales por el periodo fiscal 2022 ascendió a $ 11.282.141,08. Es importante mencionar que los inmuebles destinados a casa-habitación, es decir aquel donde reside el contribuyente, estarán alcanzados por el impuesto cuando su valuación resulte superior a

¿Qué bienes se encuentran alcanzados?

A continuación, se detallan los bienes que se encuentras gravados:

  • Los inmuebles ubicados en el país y el exterior.
  • Los derechos reales constituidos sobre bienes situados en el país y el exterior.
  • Las naves y aeronaves de matrícula nacional y extranjera.
  • Los automotores patentados o registrados en el país y el exterior.
  • Los bienes muebles registrados en el país.
  • Los bienes muebles del hogar o de residencias transitorias cuando el hogar o residencia estuvieran situados en el país.
  • Los bienes personales del ciudadano, cuando éste tuviera su domicilio en el país o se encontrara en él.
  • Los demás bienes muebles y propiedades que se encontraran en el país al 31 de diciembre de cada año, aunque su situación no revistiera carácter permanente.
  • El dinero y los depósitos en dinero que se hallaran en el país al 31 de diciembre de cada año.
  • Los depósitos en instituciones bancarias del exterior.
  • Los títulos, las acciones, cuotas o participaciones sociales y otros títulos valores representativos de capital social o equivalente, emitidos por entes públicos o privados, cuando éstos tuvieran domicilio en el país o en el exterior.
  • Los patrimonios de empresas o explotaciones unipersonales ubicadas en el país.
  • Los créditos, cuando el domicilio real del deudor esté ubicado en el país o en el extranjero.
  • Los derechos de propiedad científica, literaria o artística, los de marcas de fábrica o de comercio y similares, las patentes, dibujos, modelos y diseños reservados y restantes de la propiedad industrial o inmaterial, así como las licencias respectivas, cuando el titular del derecho o licencia, en su caso, estuviera domiciliado en el país al 31 de diciembre de cada año.
  • Los bienes muebles y los semovientes (capaces de moverse por sí mismos) situados fuera del territorio del país.
  • Los títulos negociables emitidos por una sociedad que toma prestado del público un capital importante, a largo plazo y obligaciones emitidas por entidades o sociedades domiciliadas en el exterior.

NA

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