Avanza la posibilidad de que haya un "Defensor Público de Víctimas" en Entre Ríos
Para ocupar el cargo, participaron 58 postulantes de todo el país. Según el orden de mérito, encabezan el listado Lucio Leiva (47,15 puntos); Gonzalo Sansó y Noelia Quiroga (ambos con 40,9 puntos).
El Defensor Público de la Víctima es una figura creada por la Ley 27.372, de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos. Se espera que, pasados los exámenes, la evaluación de las ternas en el Senado y la designación por parte del Poder Ejecutivo Nacional, entren en funciones a mediados de 2018.
El pasado 20 de marzo se cumplió una nueva etapa con la publicación del Acta N° 19/18 que establece el orden de mérito de conformidad con la evaluación de antecedentes realizada por el jurado, integrado por el Defensor Público Oficial de la Defensoría General de la Nación, Ignacio Francisco Tedesco, en ejercicio de la Presidencia y los vocales, el Defensor Público Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia de General Roca, provincia de Río Negro, Eduardo Peralta; la Defensora Pública Oficial Adjunta ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, Cecilia Leonor Mage; el Defensor Público de Menores e Incapaces de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, José Atilio Álvarez y el profesor Titular Ordinario de las Asignaturas “Derecho Penal I”, “Derecho Penal II” y “Derecho Penal profundizado”, de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Católica Argentina, Carlos Alberto Mahiques (Jurista invitado).
• La Ley
La ley 27.372 prevé la creación de centros de protección y de asistencia que deberán contar con médicos, psicólogos, asistentes sociales e investigadores especializados. Con la vigencia de la norma, las víctimas tienen derecho a presenciar las declaraciones de los testigos y a contar con patrocinio legal gratuito tanto durante el proceso como en el período de ejecución de la pena. Deberán ser notificadas sobre las excarcelaciones, los permisos de libertad condicional o las salidas transitorias a las que aspiren acusados y condenados. (APFDigital)