
Amplían el tope de ingresos familiares para participar de programas sociales habitacionales
Estación Plus Crespo
En la noche de este miércoles, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad, una modificación a la Ordenanza N° 39/22, referida a loteos de carácter social. La nueva disposición es trascendente, de cara al venidero sorteo de terrenos sociales, anunciado por el intendente Marcelo Cerutti, en el marco de aniversario de Crespo de este 2026. La nueva normativa permitirá que más interesados puedan inscribirse y ser admitidos, ya que serán aceptados unipersonales o grupos familiares con mayores ingresos económicos mensuales, condición que muchas veces era limitante para integrar el padrón de demanda.
Nuevos máximos
Ahora, los ediles aprobaron que "los ingresos económicos del grupo familiar deben estar entre 2 a 8 veces el valor establecido como Salario Mínimo Vital y Móvil por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil".
El cronograma oficial prevé incrementos progresivos, habiéndose fijado el Salario Mínimo Vital y Móvil de mayo en $363.000, el de junio en $367.800, en julio se eleva a $372.400 y en agosto será de $376.600.
Aplicando la ecuación fijada por la modificación de ordenanza recientemente aprobada, mes a mes nuevos interesados podrían incorporarse al Registro Único de Demanda Habitacional de la ciudad; sin perjuicio de la fecha de corte -que oficialmente en su momento se establezca-, para participar del inminente programa de terrenos sociales.
Apuntando específicamente al requisito de ingreso mensual por grupo familiar, estarán en condiciones de anotarse aquellos que reúnan:
- Mayo: entre $726.000 y $2.904.000
- Junio: entre $735.600 y $2.942.400
- Julio: entre $744.800 y $2.979.200
- Agosto: entre $753.200 y $3.012.800
Gastos a asumir por los adjudicados
Otra de las modificaciones aprobadas, está vinculada a cuestiones administrativas posteriores a haber resultado beneficiado en un programa social. Desde ahora, “la escritura traslativa de dominio en cada caso se otorgará una vez cumplidas todas las condiciones establecidas en la presente ordenanza y en el contrato respectivo. La misma se instrumentará por la vía que dispongan los adjudicatarios, pudiendo optar por la intervención del Escribano que designen, corriendo todos los gastos que demande la escrituración del inmueble por su cuenta y cargo exclusivo, incluido plano de mensura y demás. Podrá además otorgarse la escrituración en forma excepcional y bajo condición resolutoria de la construcción de la vivienda, cuando el beneficiario requiera obtener un crédito hipotecario, debiendo tener abonado el lote en su totalidad".
Los motivos
La concejal Valeria Torresín -Frente Crespo Nos Une- protagonizó la fundamentación de los cambios introducidos a la normativa de loteos sociales y en tal sentido, manifestó: "Resulta necesario actualizar los montos de ingreso establecidos anteriormente para acceder al beneficio", dijo en referencia a que hasta la fecha, el máximo eran 6 SMVM para poder participar. De hecho, la edil resumió que "se está adecuando la normativa a la realidad socioeconómica actual".


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