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La Jueza Dra. Marina Barbagelata resolvió que no es procedente. La sentencia puede ser apelada. Asimismo, la magistrada de Garantías también dispuso que se reformulen con mayor especificidad las acusaciones hacia el ex intendente Ariel Robles y los ex funcionarios Jorge Waigel y Leonor Winderholler.
Crespo17 de septiembre de 2018
Estación Plus Crespo
El viernes último, en el marco de la causa “Winderholler, Leonor Evangelina; Robles, Ariel Jesús; Waigel, Jorge Jesús Ramón s/ Peculado” una nueva instancia tuvo lugar en Tribunales. Del desarrollo de la misma surgieron disposiciones y otras cuestiones que motivaron nuevos plazos, con la fijación de una audiencia para el próximo 23 de octubre.
En declaraciones a FM Estación Plus 94.3, uno de los abogados que representa a los funcionarios del anterior gobierno municipal, Dr. Guillermo Vartorelli, explicó: “La audiencia que se celebró el viernes es una audiencia de remisión a juicio, que tiene por objeto principal depurar la prueba, evaluar si la Instrucción Penal Preparatoria se llevó adelante de buen modo y en el caso de que esté todo en orden, resolver enviarla a la Cámara que tiene que atender el juicio. Debido a algunos planteos que hemos hecho, eso no ocurrió”.
Atento a la etapa procesal, la defensa de Robles, Winderholler y Waigel formuló algunos requerimientos, sobre lo cual el letrado indicó: “En primer lugar y como un previo, solicitamos a la Jueza de Garantías que haga cesar -por no corresponder-, el carácter de querellante de la Municipalidad de Crespo. Lo formulamos por estar vedado legalmente. La magistrada hizo lugar, lo resolvió en primer término, dictaminando la finalización de la intervención como querellante del municipio”. En cuanto a esa situación, Vartorelli aclaró: “Una vez resuelto eso, los mismos abogados (Rubén Pagliotto e Iván Vernengo) se retiraron, porque ya no tenía sentido que continúen presenciando la audiencia. No fue retirado como se informó por ahí. Los colegas, ante el rechazo de la pretensión de su representado, se retiraron de la audiencia. Obviamente que desde su parte se hizo reserva de apelar la resolución. Es un derecho ante una negativa a la pretensión, siempre procede la apelación. No obstante, a mi entender no tendría lugar, porque es clara la norma legal (Código Procesal Penal) que impide que el Estado se constituya como querellante cuando el que lo representa es el Fiscal. Los intereses del Estado, en este caso un municipio, están claramente salvaguardados a través de la intervención del Ministerio Público Fiscal. El querellante particular es una figura destinada como su nombre lo indica, a los particulares: quien aparece como denunciante o víctima de un delito es un particular, pero no el Estado”.
El profesional afirmó que la justicia estableció que las acusaciones contra sus clientes deberán ser reelaboradas y en tal sentido, precisó: “Pedimos que se corrija la imputación, porque no quedaba claro qué se estaba reprochando al ex intendente y a los demás ex funcionarios. En el planteo se pidió que se puntualice el planteo, para poder ejercer la defensa en forma eficaz. Pedimos la nulidad y la jueza entendió que si bien no era nulo el acto, nos dio la razón de que era necesario aclarar en qué consiste la acusación. Puso un plazo de 20 días para volver a formular la acusación en debida forma y luego de eso desarrollar la audiencia correspondiente. La jueza lo dijo claramente: ‘si no lo estoy entendiendo yo, que soy magistrada y técnica en la materia, entiendo que tampoco lo deben comprender los imputados y mucho menos el común de la gente’. Creo que para empezar un juicio es necesario primero clarificar qué es lo que se está acusando. No es lo mismo lo que inicialmente pretendían, que aquello en lo que fueron derivando. Fueron distintas hipótesis y también contradictorias”, aseveró el abogado y agregó: “Ellos hablan de que se violó la ley de contrataciones o las ordenanzas municipales al momento de entregar subsidios en especies a la sociedad. Entonces lo que preguntaos, es si lo que se está imputando es que no se entregaron los aportes y se simulaba; o si por el contrario, lo que se está imputando es que se entregaban, llegaban a la gente con un fin cierto y concreto que es la asistencia social y lo que se había hecho era vulnerar o pasar por alto algunas normativas específicas en materia de subsidio. En otro aspecto, necesitamos saber con claridad qué montos y en qué casos entienden ellos que deben ser sometidos al proceso. Hasta ahora, no estaba claro. Paralelamente, pedimos que se diga bien qué acto concreto se le endilga a cada imputado, porque no es lo mismo la eventual responsabilidad de los funcionarios que la del intendente. Aparecía confuso en la presentación, como que todas las responsabilidades eran iguales y que el proceder era idéntico, cuando es claro que tienen diferentes competencias cada uno”.
Con la perspectiva puesta en la audiencia del mes próximo, Guillermo Vartorelli explicó los probables escenarios: “Teniendo a la vista la acusación concreta, se hará una discusión para ver si procede la misma o no. Se evaluará si es procedente enviarla a juicio o si amerita un sobreseimiento de alguno o todos los imputados. Suponiendo que amerite un juicio posterior, en ese caso lo que resta es ofrecer la prueba de cada parte y producirla, en un marco de juicio oral y público”.
La audiencia de remisión a juicio tuvo algunos momentos particulares, aunque siempre previstos en términos de derecho penal. Al respecto, el letrado opinó: “Por un lado, es la primera vez que nos toca oponernos al querellante, porque no es usual que en una causa donde se investiga un supuesto perjuicio a la administración pública, participe un querellante particular. Por otro, es bastante usual que lleguen las causas con acusaciones poco concretas, que no revelan con claridad qué es lo que se le endilga a los imputados. Ya nos ha pasado y de hecho, en varias ocasiones se han corregido”, contó desde su experiencia profesional.

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