
ARCA confirmó que en enero el monotributo mantendrá los valores vigentes, mientras que en febrero los contribuyentes deberán recategorizarse.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) publicó la medida en el Boletín Oficial. Es “por carecer de registros de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado”.
Nacionales29 de noviembre de 2023
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en las plataformas de venta online de una marca de aceite de oliva “por carecer de registros de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado y ser, en consecuencia, ilegal”.
La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial a partir de la disposición 10307/2023 tras una investigación llevada a cabo por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la autenticidad del producto categorizado como “Aceite de oliva extra virgen - Primer prensado en Frío - marca Finca Victoria, elaborado y fraccionado en Tunuyán, Mendoza, “por no cumplir con la normativa alimentaria vigente”.
Ante esto, “el INAL realizó -a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA)- una consulta al Departamento de Higiene de los Alimentos mendocino, a fin de verificar la información declarada en el rótulo comercializado y sobre el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA). La entidad respondió que el RNPA no corresponde a la jurisdicción consultada y que tampoco encontraron antecedentes de autorización con la razón social y la marca Finca Victoria”.
De la misma manera, el aceite en cuestión se encuentra en infracción al Código Alimentario Argentino (CAA) “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
En este sentido, por tratarse de un producto que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”, la Anmat estableció que “no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”.
“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto”.
“Dado que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Comercio Exterior que evalúe las medidas a adoptar”, señala la resolución
La Nación

ARCA confirmó que en enero el monotributo mantendrá los valores vigentes, mientras que en febrero los contribuyentes deberán recategorizarse.

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