Uno a uno los beneficios que otorgará la Municipalidad de Crespo a las nuevas radicaciones en el Distrito Comercial Norte

Crespo26 de septiembre de 2024 Por Estación Plus Crespo
El Concejo Deliberante aprobó el Régimen Municipal de Promoción y Desarrollo Comercial girado por el Ejecutivo. Actualmente alcanzará a quienes se instalen en el Centro Comercial a Cielo Abierto.
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En la reciente sesión ordinaria, se aprobó la Ordenanza que establece importantes exenciones a las futuras radicaciones comerciales que se establezcan en el sector rezonificado, comprendido por los límites: Ruta 12, acceso Pte. Alfonsín, Alemanes del Volga y hasta la extensión de dos matrículas inmuebles. En dicha superficie, el 8 de octubre se inaugurará el Centro Comercial a Cielo Abierto de Crespo.

Quiénes serán beneficiarios

FM Estación Plus Crespo accedió a la normativa sancionada, que determina que podrán ser beneficiarias las personas físicas (particulares) ó jurídicas (empresas, asociaciones), siempre que inicien una actividad comercial, considerándose como tal el establecimiento y puesta en funcionamiento de un local en ese sector. 

Quedan excluidos, aquellos que amplíen un local comercial ya existente. 

Requisitos

- Radicarse en la zona “Comercial Norte” -y/o en las que en un futuro se puedan crear-.
- Las personas físicas estar domiciliadas en el país y las jurídicas, haber sido constituidas en la República Argentina conforme a sus leyes.
- No registrar deudas fiscales, sociales o administrativas con la Municipalidad de Crespo.
- Cumplimentar la normativa de preservación y protección del medioambiente -que determina la reglamentación-.
- Desarrollar una actividad comercial contemplada en el nomenclador de actividades económicas fijadas por ordenanza para ese espacio rezonificado.

Exenciones para quienes compren salones comerciales

Se facultó al Ejecutivo a eximir de los siguientes tributos, a quienes se constituyan como propietarios de inmueble y sean titulares de la actividad comercial a desarrollar en dicha zona:

- Tasa General Inmobiliaria
- Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad
- Tasa por instalaciones electromecánicas
- Tasa por actuación administrativa
- Fondo de promoción de comunidad y turismo

Exenciones para quienes alquilen salones comerciales

Exención de los siguientes tributos a los titulares de la actividad comercial a desarrollar en la nueva zona: 

- Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad
- Tasa por instalaciones electromecánicas
- Tasa por actuación administrativa
- Fondo de promoción de comunidad y turismo

Graduación del beneficio

El beneficio de exención se otorgará a partir de la fecha de la Habilitación Comercial Municipal y por el plazo
de 10 años, operando de la siguiente manera:

- Durante los 5 primeros años (desde otorgado el beneficio): 100% de exención
- En el sexto año: 80% de exención
- En el séptimo año: 70% de exención
- En el octavo año: 60% de exención
- En el noveno año: 30% de exención
- En el décimo año: 10% de exención

Cómo tramitar el beneficio 

Las exenciones previstas no serán automáticas, sino que deberán ser solicitadas por los interesados, mediante nota dirigida a la Secretaría de Economía, Hacienda y Producción.

Entérate del proyecto del Centro Comercial a Cielo Abierto (CCAA) en esta entrevista con su desarrollador, Contador Fernando Huck:

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