
Despidieron a empleado de salud que no fue a trabajar por nueve años, cobraba su jubilación y sueldo en simultáneo

El Gobierno de Entre Ríos ha dictado la cesantía de Elisio Manuel Franco, un agente que se desempeñaba en el Hospital “Dr. Francisco Castaldo” de María Grande, tras la finalización de un sumario administrativo iniciado en 2021.
La medida que fue publicada en el Boletín Oficial Nº 28.164 se fundamenta en un prolongado período de ausencias injustificadas y el cobro indebido de haberes mientras ya gozaba de un beneficio de jubilación nacional.
Según el decreto, el sumario se inició porque la conducta del agente "presuntamente [incurrió] en la causal de Cesantía tipificada en el Artículo 71º -Inciso a) de la Ley 9755 –Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia".
Las investigaciones determinaron que Franco había agotado sus licencias por enfermedad entre 2011 y 2012, pero no se reintegró a su puesto de trabajo. Las autoridades constataron que desde el 29 de noviembre de 2012 hasta el 3 de mayo de 2021, el agente acumuló "faltas injustificadas".
La situación se agravó al descubrirse que Franco había accedido a una jubilación nacional en 2010, un hecho que, según él, había notificado a su lugar de trabajo. Sin embargo, a pesar de su condición de jubilado, el gobierno provincial verificó que "el Sr. Franco estaría cobrando el total de haberes a la fecha 09/03/2015 siendo que el mismo presenta certificado médico desde el 29/11/2010 de manera ininterrumpida".
El decreto subraya el incumplimiento de la Ley 9755, que establece la conclusión de la relación laboral con la Administración Pública por causas como la jubilación o el retiro, y que exige a los agentes encuadrarse en las disposiciones sobre incompatibilidad y acumulación de cargos.
El documento oficial concluye que la conducta de Franco, calificada como "desidia y renuencia a clarificar su situación de manera formal, incumpliendo con sus deberes legales y de esa manera dilatando en el tiempo una situación irregular", justifica una "sanción disciplinaria expulsiva".
Como resultado de la decisión, se le exige al ex empleado que "reintegre los haberes percibidos indebidamente hasta el año 2015 como empleado del HOSPITAL “DR. FRANCISCO CASTALDO” de MARIA GRANDE, no obstante haber accedido a un beneficio previsional nacional en el 2011".
APFDigital


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