


ATE propone unificar en 30 horas semanales la carga horaria de agentes de la administración pública provincial

La Ley N° 9.747 dice respecto de la jornada de trabajo para los agentes de la Administración Pública provincial que se establece el siguiente esquema:
Categorías 10 a 5: 6 horas diarias o 30 horas semanales.
Categorías 4 a 1: 7 horas diarias o 35 horas semanales.
Señala además que el Poder Ejecutivo tiene la facultad de regular un régimen especial de disminución de carga horaria para las Categorías 2 a 4 equivalente a 30 horas semanales.
La remuneración para este régimen surgirá de aplicar el coeficiente 0,857 a las asignaciones del régimen horario completo.
El encuentro de ATE con legisladores tuvo que ver con las condiciones en que se presta servicio en el Escalafón General, lo que abarca a la mayoría de las reparticiones del Ejecutivo provincial y una gran cantidad de trabajadoras y trabajadores.
Desde ATE presentaron una propuesta para modificar la Ley N° 9.747, en su artículo relacionado a la carga horaria del Escalafón General. Este escalafón actualmente presenta una distorsión en cuanto a los básicos a partir de la categoría 4, lo que lesiona la debida progresión y el derecho a la carrera, contemplada en la ley 9755 en su artículo 6, artículo 13 y artículo 48, entre otros.
En el actual esquema el valor de la hora de trabajo de la categoría 4 es inferior a la categoría 5, siendo que la primera es una categoría superior, a la que se accede con más años de antigüedad. Luego esta distorsión se va trasladando a las demás categorías superiores del escalafón, estas son la 3, 2 y 1.
En su artículo 48, la Ley N° 9.755, Régimen Jurídico Básico y marco regulatorio del empleo estatal de la provincia sostiene: "La carrera es el progreso escalafonario, para lo cual el personal permanente tiene derecho a igualdad de oportunidades para optar a cubrir cada uno de los niveles y jerarquías previstos en los respectivos escalafones. La carrera deberá contemplar la aplicación de criterios que incorporen los principios de transparencia, publicidad, mérito, respeto por los derechos humanos y no discriminación en los procedimientos de selección para determinar la idoneidad del trabajador para la función a cubrir. La promoción o avance en la carrera estará basada en la evaluación de la eficiencia, eficacia, rendimiento laboral y de exigencias de capacitación acorde con las necesidades de las tareas o funciones a desarrollar”.
A principio de año, al inicio de la paritaria provincial, se presentaron los puntos a discutir, entre los que se encuentra este proyecto de modificación. “Por ser un tema que se tiene que abordar a través de una ley provincial es que también lo abordamos en la legislatura”, señalaron desde ATE.
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