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Edgardo Kueider se juega ante la Corte Suprema de Paraguay su última carta para dilatar la extradición

Luego de rechazos en tribunales inferiores, la defensa del ex senador llevó ante la Corte una serie de planteos formales que buscan postergar su juicio de extradición

Nacionales10 de diciembre de 2025
kueider

El ex senador Edgardo Kueider y su pareja, Iara Guinsel, están detenidos en Paraguay por haber intentado ingresar con 200 mil dólares sin declarar. Por este hecho, serán juzgados en abril. Se los acusa de contrabando en grado de tentativa y ahora aguardan una resolución de la Corte Suprema del país vecino que definirá si son extraditados.

El pedido de extradición fue formulado por la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado. La magistrada investiga a Kueider por enriquecimiento ilícito y otros delitos conexos. Uno de ellos, el lavado de dinero.

La Fiscalía de Paraguay se expresó en forma favorable a que sea remitido a la Argentina. Puso como condición que antes se lo enjuicie por contrabando. Kueider no aceptó el trámite simplificado. Por eso se abrió un juicio. En este proceso, sus abogados defensores fueron planteando una serie de incidentes formales. La intención no era voltear la extradición, sino demorar el trámite.

En este sentido, el juez de Garantías en lo Penal N° 9, Rolando Duarte, rechazó el planteo en primera instancia. Luego, el Tribunal de Apelaciones, compuesto por Jesús Riera Manzoni, Paulino Escobar Garay y Mario Torres Leguizamón, confirmó la decisión.

¿Cómo sigue el trámite ante la Justicia paraguaya?

Ahora, los planteos llegaron a la Corte Suprema. El máximo tribunal del vecino país está compuesto por nueve miembros y se divide en salas para atender distintas temáticas.

Al respecto, fuentes con acceso directo al expediente explicaron a Infobae que en Paraguay la Corte entiende en instancia única, en varias vertientes. En el caso del expediente de Kueider, tomarán intervención la Sala Constitucional y la Penal.

En esa línea, la primera se avoca a acciones o excepciones de inconstitucionalidad. Aquí se abre una instancia de admisibilidad previa. La segunda, tiene el rol de evaluar las apelaciones de resoluciones originarias, como por ejemplo recursos extraordinarios de casación.

La Corte Suprema tiene la posibilidad de avalar lo actuado en los tribunales inferiores o de establecer rectificaciones. Solo en este último caso el proceso de extradición encontraría una traba. De lo contrario, el trámite quedaría abierto una vez que finalice el juicio por contrabando, cuyas audiencias están previstas para abril del 2026.

¿Cuáles fueron los planteos de la defensa de Kueider?

Marcelo Bogado y Carlos Arévalo son los representantes del ex senador y su pareja. El esquema defensivo que plantearon ante el pedido de extradición que hizo Arroyo Salgado se basa en formalidades. El planteo estribaba en dos cuestiones.

La primera, que el trámite se estaba desarrollando por una vía que no era la que correspondía.

La extradición de una persona entre Argentina y Paraguay puede realizarse bajo el paraguas de dos artículos del acuerdo: el 10° y el 19°. Una vía o la otra depende del grado de formalización del planteo por parte del país requirente, en este caso Argentina. El juez Duarte canalizó el pedido de Arroyo Salgado por el primero. Bogado y Arévalo entendían que tenía que ser por el segundo.

Por otro lado, sostuvieron que faltaban elementos para contestar el dictamen fiscal que avalaba que Kueider y Guinsel sean extraditados luego de que rindan cuentas ante la justicia paraguaya.

Por eso, Bogado y Arévalo cuestionaron que el pedido de opinión sobre la posición de la Fiscalía fue impreciso y no contenía toda la información necesaria. “No se observa perjuicio o menoscabo a los intereses o derechos de los recurrentes”, les respondió el juez Riera Manzoni en segunda instancia.

En el mismo sentido, ”no se advierte un agravio que justifique alguna modificación del auto recurrido”, agregó. Escobar Garay y Torres Leguizamón compartieron su criterio.

El reclamo se hizo cuando los defensores debían responder el dictamen fiscal que avaló la extradición de los dos acusados a nuestro país. El Tribunal de Apelaciones entendió que no era la circunstancia adecuada. Ni tampoco el momento. Por eso lo consideraron “improcedente”.

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