IAPV tendrá plazo hasta el 1 de abril para cumplir con la sentencia de una Acción de Amparo

Judiciales 22 de enero de 2020
Refiere a la entrega de una vivienda para una mamá y sus hijos. Si para antes de esa fecha, el organismo dispone de una unidad habitacional que reúna los requisitos de la sentencia, en las localidades de Paraná, Colonia Avellaneda o San Benito, la pondrá a consideración de la demandante.
Tribunales

En el marco de una Acción de Amparo iniciada por una adjudicataria que aún no accedió a su techo; y habiéndose dictado sentencia favorable a la mujer y sus hijos, se concretó una audiencia conciliatoria entre las partes. Se acordó otorgar al Instituto Provincial de la Vivienda de la Provincia un plazo hasta el 1 de abril próximo para dar cumplimiento a la sentencia emitida el 10 de enero pasado. A través de ese fallo el STJER revocó la resolución de instancia originaria y condenó al IAPV, y en subsidio al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a entregar a la demandante “en un plazo improrrogable de siete días (…) una vivienda en idénticos términos a lo dispuesto por el artículos 2º) del decreto Nº 2.512/18”.

Asimismo se estableció que si para antes de esa fecha, el IAPV dispone de una vivienda que reúna los requisitos de la sentencia, en las localidades de Paraná, Colonia Avellaneda o San Benito la pondrá a consideración de la demandante.

De la audiencia participó el presidente del Superior Tribunal de Justicia en Feria, Bernardo Salduna, las vocales Claudia Mizawak y Valentina Rodríguez Amable, el presidente del IAPV Marcelo Bisogni, la demandante y su abogada patrocinante Tatiana Jaqueline Battauz, el representante del Ministerio Público Pupilar Pablo Conti, representantes del Ministerio Público Fiscal y de la Fiscalía de Estado de la provincia.

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