Pormenores de una condena que busca llevar paz al calvario vivido por una adolescente

Judiciales 27 de diciembre de 2021 Por Estación Plus Crespo
El fallo califica de “aberrante” la conducta de un padre, que abusó sexualmente de su hija, entre sus 14 y 17 años, en la vivienda y en la Radio Municipal de la localidad. El hombre tenía buena reputación social en Hasenkamp, por lo que la sentencia no sólo pena su culpabilidad, sino que le da valor al testimonio de una víctima.
abusador
Imagen ilustrativa-

Un vecino de Hasenkamp, docente tallerista y locutor, que ejerce la docencia en la Escuela N° 120 República Dominicana Nina de la localidad de El Pingo; está por estos días concurriendo periódicamente a la Comisaría de Hasenkamp para acreditar su residencia en dicha localidad y seguir estando a derecho. Así será hasta que quede firme la condena de 15 años de prisión impuesta por los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la situación de convivencia previa, en concurso real con Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la situación de convivencia previa”.

FM Estación Plus Crespo accedió a la sentencia, la cual a lo largo de 251 páginas enumera, ratifica y analiza las tremendas vivencias a la que una de las hijas del culpado fue sometida. 

Tocamientos y penetración reiterada entre el 2014 y 2017 -cuando la víctima tenía entre 14 y 17 años-, llevaron a que la misma se fuera de la casa y busque refugio junto a su madre no conviviente (quien en ocasiones previas había descreído la veracidad de los dichos o se habría mantenido al margen). Actitudes propias al sometimiento despertaron las sospechas: “Cuando vino a vivir a casa, vivía llorando, se despertaba y lloraba, y no comía; por eso la llevamos a un médico y a una psicóloga”. Luego, el cuadro de “tristeza, angustia e ideas de muerte” de la adolescente, llevaron a la interconsulta con una psiquiátra. 

“Ira, insomnio”, son algunos de los trastornos referidos en la causa, llegando a “suspender temporalmente la asistencia a la escuela”, por prescripción médica, hasta avanzar su estabilización con el tratamiento farmacológico.

El apoyo y contención incondicional del novio de la víctima, fue fundamental para que la chica se anime a contar su verdad y llevar los hechos primero a un consultorio profesional y luego a la justicia. El gesto de su pareja es de destacar, habida cuenta que la psiquiatra incluso hace saber que está tratando la problemática que los abusos le causaron, ya que en los encuentros con su novio se le reflejan los ataques sexuales de su padre. Quienes tratan su salud mental, llegaron a decir que “no puede sentir el olor a alcohol, porque la remonta a cuando su padre llegaba alcoholizado y abusaba de ella”.

La propia víctima aludió que “la terapia la ‘ayudó un montón’, que la hizo enfrentar muchas cosas, que la ayudó en su relación con su novio”.

La sentencia revela que la adolescente “tenía miedo de salir a la calle, porque a M. lo tienen como buena persona, nadie le creía por cómo se portaba con la gente del pueblo, que lo tiene como el ‘gran papá que salvó a sus hijas’” e incluso su entorno familiar llegó a calificarlo de “héroe”, durante las audiencias.

Buscando siempre sostener la reputación social y temiendo por una eventual denuncia, “su padre le hizo grabar un audio, diciendo que todo era mentira y le hizo mandar un mensaje a su tío de igual tenor”, revela el expediente. También incurrió en infundar extremo temor en la chica, quien sostuvo que “el padre siempre la amenazaba –a ella y sus hermanas- con que las iba a ingresar a un Instituto de Menores”.

La afectada pudo dar cuenta “de los sucesos de agresión sexual, relatando la progresividad de los mismos (tocamientos primero y luego penetración)”; dejando en claro que “sus hermanas estaban presentes durante esos actos de su padre”, sostiene la sentencia. Los vocales entendieron que ello “implica una degradación o humillación mayor que la que producen los abusos simples”. De hecho, el testimonio de la psicóloga -con absoluto compromiso para con el objetivo que persigue la justicia-, revela que entre otras intimidades, que el abusador le decía “que lo calentaba; después le pedía perdón, que lo entendiera, que no lo iba a hacer más, pero volvía a hacerlo; le pedía que se comprara lencería erótica, le decía cómo tenía que hacer”. Llegaba M. incluso a justificarse en que “lo hacía porque él estaba solo”.

Durante esos años, el condenado limitaba las posibilidades de socialización de su hija, recordando ésta que “ella no podía recibir ningún mensaje en las redes, ni nada, porque, cuando él encontraba algo, a la noche le hacía tener relaciones con él”.

En el análisis, uno de los peritos refiere a la versión del imputado como “egocéntrica, en la que se pone como salvador de sus hijas” y que “cosifica a la víctima”. En un contexto familiar complejo, estos repudiables episodios fueron sumamente difíciles de procesar para la adolescente. “No es un detalle menor que lo haya dicho -a los hechos- frente a su padre, haciéndose cargo de sus acusaciones y sosteniendo un testimonio concluyente, desgarrador, doloroso, porque tuvo que denunciar a quien era su ídolo, su referente, su salvador, el salvador de la madre, de una madre desamorada, desprolija, poco comprometida”, apuntó. 

La justicia pudo determinar que la menor develó los hechos por primera vez a sus 16 años, pero el seno familiar paterno actuó en el sentido equivocado. Así, en el fallo se analiza que “la víctima fue cuestionada, fue juzgada por cómo haber sido capaz de hacer lo que hizo, a nadie le importó ella, ni lo que había vivenciado ni lo que había sufrido. Toda la familia M. formó un bloque, se organizó, en palabras textuales de M.  ‘para ver cómo iban a actuar ante un hecho que los aplastaba como familia y los descolocaba’. La decisión fue clara: hacerle el vacío, desconocerla, repudiarla totalmente, generar en la misma repulsión. Claro está que está era la postura más fácil, porque la otra, la postura contraria, hubiese sido reconocer que estaban en conocimiento de los hechos, de lo que pasaba con la adolescente y que, de ese modo, se convertirían en cómplices. Pero, además, era reconocer que el nombre de la familia M., una familia reconocida en el pueblo, se vería expuesta en tela de juicio, por lo que la actitud más fácil fue la negación”.

A lo largo de la Investigación Penal Preparatoria no se dejaron aristas sueltas, sino que la justicia propició que se reuniera un cúmulo de probanzas: testimonios, informes de profesionales de la salud, periciales informáticas sobre chats de whatsapp, secuestros mediante allanamientos, periciales forenses, entre otros. De hecho, el Tribunal sentencia: “Se reúnen en la presente causa los elementos de certeza necesarios para arribar a un pronunciamiento condenatorio, ya que los sucesos históricos que se describen en la acusación han quedado demostrados racionalmente por pruebas con aptitud suficiente para hacer madurar en el plano intelectual el pleno convencimiento de la existencia de tales hechos y de la autoría del acusado, comprobándose ambos extremos de forma tal que resultan evidentes”.

La sentencia tiene amplia repercusión en Paraná Campaña, ya que de ella se desprenden cuestiones para reflexionar como sociedad: la importancia de advertir síntomas o manifestaciones de los menores, que a su manera, buscan poder exteriorizar episodios que los acomplejan; la trascendencia de la contención y el abordaje profesional; la destrucción de estereotipos sociales, en los que se juzga por las apariencias o patrones culturales y se menoscaba la credibilidad de las infancias víctimas; entre un sinfín de cuestionamientos más.

Como en otras ocasiones, la condena no sólo es una pena para el culpable, sino que alivia social y psicológicamente a la víctima.

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