ATER modificó el régimen de Ingresos Brutos y fijó nueva norma para criadores de pollos

Entre Rios13 de julio de 2024
Las modificaciones en el régimen de retención y percepción del impuesto, regirán a partir del 1º de agosto.
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La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) dictó la resolución Nº 208/2024. La nueva norma reemplaza a la resolución Nº 319/16 y sus modificatorias, además de derogar las resoluciones 57/14 y 503/2015, que regulaban la tributación de los prestadores de servicios de crianza de aves bajo la forma de integrados o similares.

Entre los principales cambios, se destaca el establecimiento de un régimen general aplicable a todos los agentes y la eliminación de los sectores especiales previstos en la resolución Nº 319/2016.

Asimismo, armoniza la normativa con los regímenes tributarios de otras jurisdicciones a partir del reordenamiento normativo, corrigiendo incluso situaciones de saldos a favor. También, se adecúan algunas alícuotas vigentes, buscando disminuir paulatinamente la presión fiscal.

Por otra parte, se pretende facilitar y simplificar la actuación de los agentes de retención y percepción mediante la publicación mensual en la página web www.ater.gob.arde un padrón con las alícuotas aplicables a cada contribuyente.

A su vez, la nueva norma dispone la publicación cada mes del monto mínimo no sujeto a retención.

Prestadores de servicios de crianzas de aves

Por otra parte, para los contribuyentes prestadores de servicios de crianza de aves bajo la forma de integradores o similares, con la nueva norma se establece la obligación de presentar declaraciones juradas mensuales de Ingresos Brutos para el ingreso de las diferencias resultantes de la nueva alícuota establecida en la resolución Nº 208/2024 de ATER.

 

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