
Allanamiento por robo a comercio en Diamante
Una persona sospechada de participación en el hecho, fue demorado y trasladado a la Jefatura Departamental, para su identificación ligada al expediente.
Se desestimó el recurso interpuesto por la defensa de Ilarraz, por medio del cual se solicitó el sobreseimiento del acusado por abusos, al entender que la acción penal estaba extinguida por prescripción.
Policiales/Judiciales07 de junio de 2018En un acuerdo celebrado este jueves, y con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) desestimó el recurso interpuesto por la defensa del clérigo Justo José Ilarraz por medio del cual, se solicitó el sobreseimiento del cura, al entender que la acción penal estaba extinguida por prescripción.
Como se recordará, Ilarraz fue condenado el mes pasado, a 25 años de cárcel por abusos contra menores cometidos en el Seminario de Paraná. El cura cumple prisión preventiva domiciliaria y es monitoreado por una tobillera electrónica.
Desestimaron el recurso
Según se informó desde el Centro de Información Judicial (CIJ), el máximo tribunal allanó de esta manera el camino para que continúen las instancias correspondientes, ya que entendió que no existe obstáculo alguno para la prosecución del proceso seguido contra el sacerdote. "El recurso extraordinario concedido no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal", indicaron los magistrados del alto cuerpo al momento de desestimar el recurso.
La prescripción fue, desde el inicio de la causa, uno de los ejes de la estrategia de la defensa del sacerdote, ejercida por el abogado Juan Ángel Fornerón. Primero, se expidió al respecto la Sala I de la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná, en fallo dividido. El planteo fue desestimado por las magistradas Marcela Badano y Marcela Davite, mientras que en sentido contrario se expresó Ricardo Bonazzola.
El camino de la prescripción
La defensa del cura apeló esa decisión, y obtuvo una resolución favorable por parte de la Sala I de la Cámara del Crimen, con el voto de los vocales Daniel Perotti y Miguel Ángel Giorgio. De esa manera, quedó revocado el fallo del juez Alejandro Grippo, se sentenció que la causa estaba prescripta y se dictó el sobreseimiento de Ilarraz.
La decisión fue nuevamente apelada, esta vez por la Procuración General del Superior Tribunal de Justicia (STJ), y fue el alto cuerpo el que anuló el fallo anterior y ordenó la vuelta del caso a la Cámara del Crimen que, con otra composición, rechazó nuevamente el planteo de la defensa.
Condenado a 25 años
Posteriormente, la Cámara de Casación Penal confirmó la imprescriptibilidad y el expediente llegó a la Sala Penal del STJ, donde también se rechazó la pretensión de la defensa. Ilarraz acudió entonces a la Corte Suprema, que este jueves se pronunció en contra de la estrategia del sacerdote.
El 21 de mayo pasado Ilarraz, de 65 años, fue condenado a 25 años de prisión por los abusos sexuales contra siete menores que estuvieron a su cargo en el Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo, entre 1984 y 1993. La pena fue determinada por el tribunal compuesto por Alicia Vivian, Gustavo Pimentel y Carolina Castagno, tras varias jornadas de juicio oral y público.
Una persona sospechada de participación en el hecho, fue demorado y trasladado a la Jefatura Departamental, para su identificación ligada al expediente.
Lo determinó la Fiscal Daniela Montangie de Concordia. Durante dicho plazo, la justicia aguardará que se anexen al expediente los múltiples informes y pericias que conforman el marco probatorio contra el acusado.
El principal sospechoso, Pablo Laurta, habría desmembrado el cuerpo del remisero Martín Palacio para impedir su identificación. El torso fue hallado en Yeruá y permanece en la morgue a la espera de los análisis genéticos.
Con profundo dolor, Mansilla despide a Daiana Magalí Mendieta, de 22 años. Será inhumada el jueves a las 16 en el cementerio local.
La fiscal Daniela Montangie imputó al uruguayo por el delito de homicidio criminis causa que contempla una pena única de prisión perpetua. En los próximos días será derivado a Córdoba.
Tras una persecución realizada por uno de los empleados del negocio, el delincuente fue atrapado por la Policía, pero se puso violento.
La ciencia forense reveló un dato que modifica toda la investigación. El informe preliminar de autopsia determina que la joven tuvo una muerte violenta, pero no un disparo de arma de fuego.
Cuatro dotaciones de Bomberos Voluntarios acudieron hasta el inmueble, donde el foco ígneo era generalizado.
Uniformados locales y de reparticiones especializadas desarrollaron el procedimiento ordenado por la justicia, a instancias de colectar elementos vinculados a la investigación del caso.
"Estamos trabajando en el hecho, entrecruzando los datos que hemos podido reunir y nos abocamos a lograr la resolución", manifestó el Jefe de Comisaría Crespo.
Ningún apostador logró quedarse con los pozos millonarios principales del Quini 6 en el sorteo de este miércoles 15 de octubre, según informó la Lotería de Santa Fe. Los números.