
Tras el caso confirmado de “supergripe” en Entre Ríos, piden reforzar la prevención
Desde el Ministerio de Salud señalaron que circula una variante de gripe con mayor capacidad de contagio y remarcaron la importancia de la vacunación antigripal.
La Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos (FARER) informa a los productores entrerrianos que, a partir de 2026, el SENASA implementará nuevos requisitos obligatorios vinculados al movimiento de hacienda en el marco del control de la brucelosis bovina. Asimismo, la entidad gremial reiteró su crítica a la medida.
Entre Ríos20 de enero de 2026
Estación Plus Crespo
Desde FARER se considera fundamental acercar esta información al productor, dado el carácter obligatorio de la normativa y las implicancias operativas, productivas y económicas que tendrá en los sistemas ganaderos, pero se recuerda el desacuerdo con la puesta en vigencia de estas nuevas medidas, al considerar que “no se justifica que la provincia de Entre Ríos, con los bajos niveles de prevalencia que presenta, sea alcanzada por exigencias pensadas para realidades sanitarias muy diferentes. La aplicación indiscriminada de estas normas desconoce el esfuerzo sostenido que vienen realizando los productores entrerrianos desde hace años y termina castigando a una provincia que ha mostrado avances concretos y comprobables en el control de la enfermedad”.
“Desde FARER entendemos que la sanidad animal debe abordarse con criterios técnicos y regionales, y no mediante esquemas uniformes que no distinguen entre provincias con situaciones sanitarias dispares. Obligar a Entre Ríos a cumplir con medidas más restrictivas en el movimiento de hacienda, cuando los indicadores muestran una baja prevalencia de brucelosis, implica sumar costos y trabas innecesarias que afectan la competitividad del productor sin aportar mejoras significativas al estatus sanitario. Por ello reclamamos una revisión urgente de la normativa y la adopción de un enfoque diferencial, que reconozca la realidad de cada provincia y premie a quienes han hecho bien las cosas”, esgrimieron.
Según lo dispuesto por el organismo sanitario nacional, a partir del 1° de enero de 2026 el movimiento de hacienda queda sujeto al cumplimiento de una serie de pasos sanitarios adicionales relacionados con la brucelosis, entre los que se incluyen:
De acuerdo a la normativa vigente, el productor deberá:
Verificar el estatus sanitario del establecimiento: Corroborar si el rodeo se encuentra registrado como libre, en saneamiento o sin estatus sanitario frente a brucelosis, información que figura en los registros oficiales de SENASA.
Contactar a un veterinario acreditado: Coordinar con un profesional habilitado por SENASA la planificación de los muestreos y controles exigidos para las categorías que se pretendan mover.
Realizar los diagnósticos obligatorios: Efectuar las pruebas serológicas de brucelosis en las categorías alcanzadas por la resolución, dentro de los plazos establecidos previos al movimiento de la hacienda.
Obtener los resultados y certificaciones correspondientes: Contar con resultados negativos y con la documentación sanitaria respaldatoria emitida por el veterinario actuante y validada en el sistema oficial.
Registrar la información sanitaria en el sistema de SENASA: Asegurar que los datos de los análisis, el estatus del establecimiento y las certificaciones estén correctamente cargados y actualizados.
Gestionar el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e): Solicitar el DT-e para el movimiento de animales, el cual será autorizado únicamente si se cumple con todos los requisitos sanitarios exigidos por la normativa de brucelosis.
Conservar la documentación: Mantener disponibles los certificados, análisis y comprobantes ante eventuales controles en rutas, ferias, remates o establecimientos de destino.
Desde FARER se advierte que la implementación de estos requisitos incrementa costos, complejiza la operatoria diaria y genera dificultades adicionales, especialmente para los pequeños y medianos productores, sin que —a criterio de la entidad— se haya demostrado un impacto sanitario proporcional que justifique la carga impuesta al sector.
“Informamos porque es una resolución de cumplimiento obligatorio, pero no podemos dejar de manifestar nuestro desacuerdo. Consideramos que este tipo de decisiones deberían construirse con mayor consenso, atendiendo la realidad productiva y económica del productor ganadero”, señalaron desde la Federación.

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