
Sanatorio Adventista: tensión entre Salud y Religión

El planteo se refiere a la eventual instrumentación del proyecto de ley, con media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación, que, una vez aprobado en el Senado, convertirá en ley la interrupción voluntaria del embarazo. “Como instituciones cristianas adventistas, defendemos el valor de la vida prenatal y la dignidad humana, entendiendo que esto constituye un acto de fe en Dios, Creador y Sustentador de toda vida”, dicen los adventistas.
“Las autoridades de cada establecimiento de salud deben garantizar la realización de la interrupción voluntaria del embarazo (…). En el caso excepcional de ser necesaria la derivación a otro establecimiento, la interrupción voluntaria del embarazo debe realizarse en el plazo establecido en el artículo 11° (que establece que la mujer o persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en el sistema de salud en un plazo máximo de cinco días corridos desde su requerimiento) y las demás disposiciones de la presente ley, siendo responsable de la efectiva realización el establecimiento derivante”.
El proyecto de legalización del aborto agrega además que el médico sólo puede negarse a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo “cuando manifestare su objeción previamente, de manera individual y por escrito, y la comunicare a la máxima autoridad del establecimiento de salud al que pertenece”. Así, “cada establecimiento de salud debe llevar un registro de los profesionales objetores, debiendo informar del mismo a la autoridad de salud de su jurisdicción. Queda prohibida la objeción de conciencia institucional y/o de ideario”.
Ese último punto generó la reacción del Sanatorio Adventista. “Respetamos la libertad de todas las personas, así como las leyes de la sociedad”, dice el pronunciamiento de los adventistas, y agrega: “Al analizar el proyecto de ley que la Cámara de Diputados de la Nación Argentina giró al Senado, queremos expresarnos ante lo que constituye un avasallamiento del derecho a la libertad de conciencia. Ello, por cuanto dicho proyecto de ley expresamente dispone que ´queda prohibida la objeción de conciencia institucional y/o ideario´”, replicó Entre Ríos Ahora.
“Como defensores de la libertad religiosa y el principio de separación entre Estado y religión, no pretendemos imponer nuestras concepciones o creencias bíblicas, ni erigirnos en conciencia de quien piensa diferente. Sin embargo, el ideario de nuestras instituciones se sostiene en derechos garantizados por la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos que hoy advertimos afectados”, planteó el Sanatorio Adventista del Plata.





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